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Noticias Jurídicas

Anulada la licencia parcial por enfermedad de los jueces

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Anulada la licencia parcial por enfermedad de los jueces

(Imagen: Real Federación Española de Tenis de Mesa)



El Tribunal Supremo ha anulado los artículos 228 y 230.2 junto con la disposición transitoria sexta que regulaban la licencia parcial por enfermedad cuando la dolencia no impida al juez desarrollar las funciones judiciales, pero sí su desempeño al ritmo habitual. El precepto añadía que la licencia parcial daría lugar, a partir del sexto mes, a la reducción proporcional de las retribuciones.

Este permiso daba lugar a la reducción de horas en su jornada laboral o a la disminución de la carga de trabajo.



El Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado parcialmente el recurso que fue interpuesto por la Administración General del Estado contra el acuerdo del Consejo General del Poder Judicial, de abril de 2011, que aprobaba el Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.

La sentencia, firmada por 37 magistrados de lo Contencioso y con ponencia de Juan Carlos Trillo, considera que el órgano de gobierno de los jueces se extralimitó al no estar prevista esta «novedosa» figura en la Ley Orgánica del Poder Judicial ni en normativa alguna relativa a la función pública. La recurrente sostenía que la licencia generaba disfuncionalidad y una carga económica. Los magistrados recuerdan que la Ley Orgánica del Poder Judicial solo contempla la licencia por enfermedad que impide asistir al despacho y añade que también «carece de cobertura legal» el régimen económico de las licencias parciales por enfermedad.