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Derecho Mercantil

Tarjetas revolving: un juzgado de primera instancia de Madrid condena en costas a un banco por mala fe (adjuntamos sentencia y formulario de demanda)

Tiempo de lectura: 129 min

Socio director de Quercus-Superbia Juridico, miembro de Legal Touch y profesor de ISDE.



Derecho Mercantil

Tarjetas revolving: un juzgado de primera instancia de Madrid condena en costas a un banco por mala fe (adjuntamos sentencia y formulario de demanda)



Estamos acostumbrados en las revistas profesionales, a realizar arduos comentarios sobre las sentencias que dicta el Tribunal Supremo, opinando a favor o criticando la doctrina que emana de las mismas y haciendo nuestros o rechazando los argumentos que el Alto Tribunal utiliza en sus resoluciones.

Pero es menos común, y es muy difícil encontrar sentencia de juzgados de Primera Instancia, que en las publicaciones jurídicas se dediquen las líneas que llenan un artículo de opinión a comentar una sentencia de dictada por un juzgado de primera instancia. Salvando las excepciones, yo encuentro magnificas sentencias dictadas por estos juzgados que muestran la gran preparación de nuestros jueces, y especialmente en los jóvenes que se incorporan a los juzgados de primera línea de batalla diaria.



Una de estas sentencias, la cual destaco por la lógica de sus argumentos, es la dictada por el juzgado de primera instancia nº 19 de Madrid, al cual le toca resolver un litigio que comienza con una demanda que presenta un usuario de una tarjeta revolving contra el banco Wizink.

La acción que ejercita la actora es la de nulidad del contrato de Wizink Bank S.A.,-línea de crédito- por existencia de usura en la condición general que establece el tipo de interés y subsidiariamente acción declarativa de nulidad de condiciones generales de la contratación y más subsidiariamente, la acción de daños y perjuicios provocados a la demandante por incumplimiento del derecho a la información en la contratación del producto financiero.

El supuesto de hecho es la colocación a una cliente de una tarjeta, con la modalidad incorporada por defecto de «crédito revolving», teniendo esta cliente, un perfil de consumidor y usuario, sin formación financiera alguna y con formación escolar básica, y con sus condiciones mentales afectadas de limitación de comprensión, con inexperiencia y con una situación angustiosa, que le llevo a aceptar y a firmar una contrato de crédito del cual desconocía sus efectos y consecuencia, ya que no fue informada por el comercializador bancario.



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