Es posible aplicar un ERTE por silencio administrativo positivo (STS 83/2021, de 25 de enero)
Es posible aplicar un ERTE por silencio administrativo positivo (STS 83/2021, de 25 de enero)
El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (TS) ha declarado en su STS 83/2021, de 25 de enero, que si la autoridad laboral no se pronuncia, cabe apreciar la existencia de fuerza mayor por silencio administrativo positivo en un ERTE solicitado como consecuencia de la COVID.
Antecedentes
Fruto de la declaración del estado de alarma, la demandada, Ana Naya García S.L., empresa dedicada en exclusividad a la explotación de centros de educación infantil de titularidad pública, el 18 de marzo de 2020 solicitó a la autoridad laboral la tramitación de un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor como consecuencia de la COVID-19.
En concreto, se peticionaba la suspensión de 187 contratos laborales (la totalidad de la plantilla) pertenecientes a los centros de trabajo sito en la Comunidad Autónoma de Canarias, Castilla-La Mancha, Galicia, Murcia y Comunidad Valenciana, durante todo el periodo que abarcase el estado de alarma.
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