Consejeros y exención por trabajos realizados en el extranjero: el Supremo fija criterios interpretativos
Consejeros y exención por trabajos realizados en el extranjero: el Supremo fija criterios interpretativos
El pasado 7 de abril del 2021 fue publicada la Sentencia del Tribunal Supremo, de fecha 22 de marzo de 2021, relativa a la aplicación de la exención por trabajos realizados en el extranjero (artículo 7.p) de la Ley del IRPF).
Establece la sentencia que “la expresión «rendimientos del trabajo percibidos por trabajos efectivamente realizados en el extranjero» contenida en el artículo 7.p) LIRPF, no se puede aplicar a los rendimientos de la dirección y control propios de la participación en los Consejos de Administración de una filial en el extranjero, por lo que no dan derecho a la exención contemplada en el precepto indicado”.
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