Novedades Tributarias para el año 2003 en el IRPF
Novedades Tributarias para el año 2003 en el IRPF
(Imagen: el blog de DIGI)
1.- Introducción
Un año más, el Gobierno ha reservado para final de año un paquete de medidas tributarias que entraron en vigor el 1 de enero de 2003. En efecto, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003, Ley 52/2002, de 30 de diciembre (en adelante Ley de Presupuestos) y la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, Ley 53/2002, de 29 de diciembre (en adelante, Ley de Acompañamiento), presentan grandes novedades fiscales.
Este año, no obstante, hay que tener en cuenta otras normas fiscales de especial relevancia. A saber:
í¯ Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican las leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes.
í¯ Ley 51/2002, de 27 de diciembre, de reforma parcial de la Ley 39/1988, Reguladora de las Haciendas Locales.
í¯ Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
í¯ Ley 45/2002, de 12 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma del sistema de protección por desempleo y mejora de la ocupabilidad.
í¯ Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
í¯ RD 27/2003, de 10 de enero, por el que se modifica el Reglamento del IRPF.
Debemos advertir, no obstante y antes de iniciar nuestra exposición, que, dada la amplitud de la materia, nos limitamos a relacionar las novedades tributarias del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que presentan estas disposiciones legales. Así pues, si bien las novedades tributarias alcanzan también al Impuesto sobre Sociedades, al Impuesto sobre la Renta de no Residentes, al Impuesto sobre el Patrimonio, al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al Impuesto sobre el Valor Añadido, al Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y a los Impuestos Locales, tan sólo vamos a abordar aquí las novedades legislativas para el 2003 de nuestro I.R.P.F.
Expondremos la materia con brevedad y en un tono divulgativo. Tiempo habrá a lo largo del año para profundizar en los diversos aspectos jurídico-tributarios que estas Leyes contienen.
2.- Presentación de la reforma del irpf
Las novedades tributarias introducidas en la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, de reforma parcial del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y por la que se modifican las leyes de los Impuestos sobre Sociedades y sobre la Renta de no Residentes (en adelante, Ley de Reforma Parcial) son, sin duda, numerosas; no obstante, presentan importancia muy distinta.
Puede decirse que lo más relevante es la modificación de la tarifa y la reducción del tipo de gravamen de las ganancias patrimoniales generadas en más de un año, aunque se han introducido otras modificaciones que también resultan trascendentes desde el punto de vista técnico-tributario.
Asimismo, no puede dejar de aplaudirse el loable intento de mejorar el tratamiento de la familia incrementado los denominados «mínimos familiares» de diversas formas, así como la creación de una deducción en cuota por maternidad que se puede cobrar por anticipado.
La Ley de Reforma Parcial introduce también importantes reducciones en los rendimientos de capital inmobiliario, con la finalidad de aumentar la oferta de viviendas de alquiler y poder satisfacer de esta forma la creciente demanda social en este sentido.
Merecen también destacarse las medidas tendentes a equilibrar el tratamiento fiscal de las diversas formas de inversión. A tal fin se han mejorado las reducciones de los contratos de seguro y se ha eliminado el coste fiscal del cambio del fondo de inversión, reduciendo los motivos fiscales para la elección de un producto de ahorro determinado. El objetivo aparece claro: lograr que las decisiones de inversión sean fiscalmente neutras.
Es ciertamente importante también la elevación de los porcentajes reductores en la obtención de rendimientos con un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente o que se generen de forma notoriamente irregular en el tiempo.
Resulta también notable la eliminación del régimen de transparencia fiscal y la creación, en su sustitución del régimen de sociedades patrimoniales. Esto ha supuesto una modificación sustancial de diversos elementos en la tributación de las entidades sometidas a transparencia fiscal y el establecimiento de un régimen transitorio.
Como suele ser habitual, se ha aprovechado la entrada de año para mejorar la estructura general del Impuesto. En concreto, a partir del 1 de enero la forma de cuantificar la base liquidable del Impuesto experimenta una apreciable mejora técnica.
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