Jurisdicción y competencia
Jurisdicción y competencia
(Imagen: Policía Municipal de Madrid.)
De acuerdo con lo anterior, y siguiendo el mismo orden establecido en la nueva LEC, la primera incógnita que debe despejarse es si de un asunto determinado deben o no de conocer los jueces españoles. Nos encontramos con las normas de COMPETENCIA INTERNACIONAL. El artículo 36.1 remite a lo dispuesto en la Ley Orgánica del poder Judicial y, en su caso, a los tratados y convenios internacionales en los que españa sea parte. Conforme a ellos se determinará la extensión y los límites de los tribunales civiles españoles…
ver texto íntegro en documento adjunto
...
![](https://www.economistjurist.es/wp-content/uploads/sites/2/2023/10/logo_economistjurist_blanco-1.png)