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Abogados de temporales en fraude creen que fue inapropiado que el Supremo incluyera un ‘obiter dicta’ sobre fijeza en su sentencia

Ahora, la expectación es por la cuestión prejudicial que la Sala de lo Social anunciará respecto a la sentencia del TJUE del pasado 22 de febrero

Miles de interinos han estado en vilo este martes ante la sentencia de la Sala de lo Social del Supremo que filtraba su rechazo a la fijeza para estos profesionales. (Imagen: E&J)

Luisja Sánchez

Periodista jurídico




Tiempo de lectura: 9 min

Publicado




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Abogados de temporales en fraude creen que fue inapropiado que el Supremo incluyera un ‘obiter dicta’ sobre fijeza en su sentencia

Ahora, la expectación es por la cuestión prejudicial que la Sala de lo Social anunciará respecto a la sentencia del TJUE del pasado 22 de febrero

Miles de interinos han estado en vilo este martes ante la sentencia de la Sala de lo Social del Supremo que filtraba su rechazo a la fijeza para estos profesionales. (Imagen: E&J)



Estas últimas cuarenta y ocho horas han dado mucho de sí en la problemática de la temporalidad en nuestro país. Unas cifras que rondan el 38% y que deberían reducirse al 8% cuando concluyeran los procesos de estabilización promovidos desde la Ley 20/21, de 28 de diciembre en la Administración General y en todas las Comunidades Autónomas.

Los efectos de la sentencia del pasado 29 de abril, de la que ha sido ponente el magistrado Ignacio García-Perrote, donde se cuestionaba si una auxiliar de enfermería, indefinida no fija, podría tener derecho a un traslado, han sido demoledores. Incluir un obiter dicta explicando la opinión de la Sala sobre la fijeza automática generó un terremoto en nuestro país, al ser utilizada para describir un planteamiento que si bien apenas está vinculado al asunto que origina una sentencia judicial, trata otros aspectos que pueden ser de interés para las partes, terceros, o incluso a la colectividad en general.



Una obiter dicta es el conjunto de afirmaciones y argumentos contenidos en los fundamentos jurídicos de la sentencia que no forman parte de la ratio decidendi del fallo.

Eso hizo que al final de la tarde este martes, la Sala de lo Social tuviera que desdecirse en una nota que Economist & Jurist adelantó en primicia para sus lectores. Ahora, parece que las aguas están mas calmadas aunque se espera de un momento a otro que dicha Sala haga público su cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia d la Unión Europea (TJUE) que anunció el pasado 4 de marzo.



Economist & Jurist ha querido conocer la opinión de estas horas de varios juristas acreditados por su defensa de este colectivo en fraude de ley.  Como muchos de los observadores externos a esa problemática, la sorpresa ha sido mayúscula y coinciden en que «introducir ese obiter dicta que descarta la fijeza ha sido un error importante que un Tribunal de este tipo no debe caer”.



No venía a cuento ese pronunciamiento

Javier Arauz, abogado con despacho en Madrid, que defiende a estos profesionales,  cree que este pronunciamiento que ha hecho la Sala Social del Supremo «no venía a cuento en una sentencia que habla de traslados de indefinidos no fijos». «El fondo era si esta auxiliar de enfermería podía participar en un concurso de traslado, pero ese obiter dicta, inoportuno ha desviado el foco de la sentencia sobre otro tema”, manifiesta.

La Sala de lo Social que preside Antonio Sempere dará a conocer en las próximas horas su cuestión prejudicial sobre la sentencia del TJUE del pasado 22 de febrero. (Imagen: Poder judicial)

Este experto destaca que el pronunciamiento del Alto Tribunal «ha generado un terremoto en nuestro país que ha tenido que salir la propia Sala Social del Supremo a enmendarlo». «Por lo que hemos sabido, ese comentario de la no fijeza no responde al parecer del resto de los magistrados. No podemos olvidar que el Supremo anunció una prejudiclal y no sería lógico prejuzgar con antelación”, indica.

Para Arauz, “otra interpretación posible sobre este hecho es que ante la rebelión que se está produciendo en los juzgados y tribunales de lo Social, donde hay sentencias del TSJ de Madrid , del País Vasco, entre otros donde se habla de fijeza, esta iniciativa, ahora rectificada podría ser una intención del Supremo de parar todo lo que esta viniendo encima de estos tribunales inferiores al mismo en cuanto al reconocimiento de la fijeza”.

Como tercer posible justificación a esta iniciativa del Supremo, “y que es la más grave, es que este pronunciamiento de la Sala vulnera el principio de prevalencia del Derecho comunitario reconocido en la jurisprudencia europea y del Tribunal Constitucional». Arauz asevera que no se entiende esta reacción del Supremo.  «No podemos pensar que sea malintencionada, pero vemos que es contraria a la legalidad comunitaria», sostiene.

Desde su punto de vista, “este fallo judicial tan polémico el Supremo viene a decir que prevalece la Constitución frente a la normativa comunitaria, cuestión que no se sostiene jurídicamente”.

Sobre las reacciones furibundas en los medios de comunicación, donde se hablaba sólo del obiter dicta en el que se negaba la fijeza a los interinos, Arauz recuerda que “los procesos de estabilización tienen muchos enemigos poderosos en nuestro país». «Es el caso de los sindicatos mayoritarios UGT, CCOO y CSIF, que se han negado a una estabilización automática de estos profesionales», apunta este jurista, al tiempo que subraya que» los sindicatos nacieron para defender a los trabajadores, no a los opositores, futuros trabajadores». «La legalidad la tiene que defender el fiscal”, agrega.

Otro de los grupos de enemigos de dicha estabilización son los funcionarios fijos, explica este jurista, y señala que “los trabajadores temporales han demostrado que no es necesaria una oposición para ser un buen funcionario». «Da igual la forma de acceso, lo importante es que sean buenos profesionales y que preste, adecuadamente un buen servicio al público y al interés general, que sean buenos trabajadores públicos», precisa Arauz, y pone el foco en que «el hecho de que defiendan sus intereses, molesta a los funcionarios de carrera».

Foto 3, Javier Arauz cree que ese pronunciamiento sobre fijeza no tenía sentido y ha generado mucho malestar. (Imagen: Cesión propia)

Este experto, como ya comentó recientemente a Economist & Jurist, está convencido que la próxima sentencia del TJUE que conoceremos el 13 de junio y que responde a las cuestiones prejudiciales del Juzgado de lo Contencioso número 17 de Barcelona puede ser la clave en la resolución de este problema que afecta a casi un millón de trabajadores temporales en fraude de ley. “Este tipo de pronunciamientos que luego se rectifican minan la credibilidad del Supremo”, sentencia.

Muchas consultas y preocupaciones

Por su parte, Beatriz González, abogada experta en Derecho Administrativo que gestiona muchas reclamaciones de trabajadores interinos en toda España, refiere que los abogados que llevan este asunto han pasado los dos últimos días explicando a los clientes el alcance real de la sentencia de 29 de abril del Supremo. «Había clientes que estuvieron a punto de retirar su reclamación ante la situación. La rectificación ha sido rápida, pero no se entiende por qué en una sentencia de traslados se hablaba de fijeza”, indica.

A su juicio, “no fue muy afortunado escribir ese obiter dicta, donde el Supremo hablaba que la fijeza era inviable porque vulnera esa demanda los principios de igualdad, mérito y capacidad. Eso los medios de comunicación lo tomaron como elemento clave de la sentencia y se convirtió en mediático en todo el país. Un tema tan controvertido como es la fijeza no se puede tratara de esta manera como lo ha hecho el Tribunal Supremo, La rectificación fue casi inmediata pero aún hay medios y afectados que no lo creen”.

Nuestra interlocutora recuerda que el tema de la sanción al abuso de la temporalidad es «muy controvertido», y que se han presentado muchas cuestiones prejudiciales a lo largo de los años. «La última, de 22 de febrero, era más clara que las demás y los tribunales nacionales están obligados a resolverla y aplicar el Derecho comunitario», refiere González, quien también considera «que esta sentencia no era el foro adecuado para hablar de ese tema cuando el Supremo va a presentar en las próximas horas una cuestión prejudicial sobre esta cuestión y al mismo tiempo se esta esperando la sentencia del TJUE de 13 de junio que puede ser importante en el devenir de este asunto de forma concreta”.

Beatriz González recuerda que ahora las cuestiones prejudiciales del Supremo son claves en este asunto. (Imagen Cesión propia)

Para esta experta, “es desalentador este tipo de cuestiones porque el personal el fraude tiene la confianza en la Justicia y en los diferentes órganos judiciales», y no se entiende que el Supremo, «en una sentencia en la que el objeto no es la fijeza, modifique la doctrina jurisprudencial argumentando sobre un tema que no tiene nada que ver, cuando realmente se sabe de la importancia de esta cuestión». No obstante, destaca que la rectificación del tema ha sido rápida a través de una nota de prensa y que ahora toca esperar la prejudicial.

En su opinión, “en esta situación, la Sala de lo Social del Supremo, que debe dar certeza y unificar doctrina, no ha estado a la altura de las circunstancias». Así, afirma que «los titulares que hemos visto en algunos medios que indican que el Supremo no sigue la doctrina de la UE, pueden hacerle daño en su credibilidad como órgano judicial principal». «El Tribunal Supremo, como el resto de tribunales, tiene que seguir esa jurisprudencia europea, y ha sido una temeridad sacar ese obiter dicta que ha generado tanto malestar en muchos profesionales en fraude”, expresa.

Ahora están «expectantes» ante las cuestiones prejudiciales que va a plantear el Supremo, que para esta abogada «llegan tarde» en una problemática que llega «años en nuestro país sin resolverse». «No sabemos qué dudas puede tener el Tribunal Supremo a estas alturas sobre esta cuestión de la fijeza como sanción al abuso. Las cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de Madrid fueron amplias y muy motivadas. Además, la sentencia de 22 de febrero del TJUE era bastante clara. La situación es complicada y afecta a cerca de un millón de interinos en fraude de ley”, comenta.

Gran malestar entre los afectados

Desde Vigo, Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, reconoce que en estos dos últimos días ha tenido que contestar a muchas consultas de sus clientes, profesionales en fraude de ley que han visto cómo en muchos medios se hablaba de que el Supremo descartaba la fijeza para los indefinido no fijos. «Cuesta mucho entender por qué se ha incluido ese obiter dicta en esta sentencia, la única que la Sala ha valorado en estos dos meses y que generado mucho malestar entre los afectados”, señala.

Desde su punto de vista, “en este caso, este obiter dicta que se incluye en una sentencia sobre concursos de traslados de estos profesionales temporales no venía a cuento y ha desvirtuado el sentido del fallo». «Antes de escribirlo hay que pensar realmente los efectos que se pueden generar. Hay muchas personas con problemas de laboralidad, algunas de las cuales pueden perder su puesto de trabajo en las próximas semanas. Pese a que se ha rectificado, la sensación ha sido mala y este tipo de cuestiones pueden generar desconfianza en nuestra Justicia”, declara.

Fabián Valero considera que este tipo de cuestiones mina la credibilidad del Supremo. (Imagen: Zeres Abogados)

Fabián Valero señala que “hay que pensar mucho lo que se dice y luego se escribe, sobre todo cuando ahora parece que no se quería decir eso». «Detrás de cada decisión o pronunciamiento del Tribunal Supremo siempre hay ciudadanos expectantes de dicha decisión judicial. Hablamos del Tribunal que unifica doctrina y crea jurisprudencia, con lo cual debe tener cuidado con sus movimientos. Es la cúspide del órgano jurisdiccional y sus decisiones se ven con interés», indica Valero, que también apunta que los abogados han visto cómo esto ha disgustado a mucha gente.

En cuanto a la rectificación generada, afirma que “quizás, lo mejor hubiera sido que nos hubiéramos enterado vía auto o providencia judicial». «Ahora nos vamos enterando que se ha enviado una nota de prensa a los medios y a muchos tribunales de lo Social, pero podría haberse hecho de otra forma. Si de verdad quieren dejar claro que ese obiter dicta no dice lo que ha dicho podrían aprovechar otra sentencia sobre el tema para pronunciarse sobre ello o hacer otro obiter dicta en sentido contrario”, indica.

Respecto a la cuestión prejudicial que parece que es inminente su publicación, Valero señala que “es difícil saber por dónde va a salir». «Parece claro que tienen dudas sobre la fijeza automática y que puede haber una colisión entre las normas europeas y la Constitución en cuanto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, pero habrá que ver cómo queda realmente escrita para poder pronunciarme sobre el contenido de la misma”, manifiesta.

En este contexto parece que cobra mas importancia aún la sentencia del TJUE de 13 de junio que conoceremos ese mismo día. Este letrado, cree «que irá en la misma línea que otras sentencias». «Otra cosa es que sea más clara de lo que hemos leído hasta la fecha. Cuestiones de este tipo generan problemas de inseguridad jurídica que pueden evitarse, es malo para los operadores jurídicos, para los juzgados de instancia y para los propios ciudadanos. Es importante evitar que se puedan repetir este tipo de episodios”, subraya.

Fabian Valero es de los que cree que “los jueces están haciendo en algunos casos el trabajo del legislador». «En su día, la figura del indefinido no fijo que creó la Sala en 1996 fue una medida que ha perdurado hasta ahora, que fue una manera de legislar. Esa figura ya ha dicho el TJUE que no es una solución al abuso de la temporalidad. El Tribunal Supremo se enroca con una figura que no vale para nada porque la temporalidad es alta. Si la legislación no da una alternativa, el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 15.4 indica la solución contra el fraude que es la fijeza”, concluye.

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