Absuelta una mujer previamente sancionada por colocar una cámara mirando hacia las casas de sus vecinos
La AEPD la había sancionado por vulnerar el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de otros propietarios
(Imagen: E&J)
Absuelta una mujer previamente sancionada por colocar una cámara mirando hacia las casas de sus vecinos
La AEPD la había sancionado por vulnerar el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de otros propietarios
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional ha absuelto a una mujer que había sido sancionada por instalar una cámara en su vivienda, la cual supuestamente apuntaba hacia las casas de sus vecinos. En concreto, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) había impuesto una multa de 500 euros a la mujer tras una denuncia de la comunidad de propietarios, al considerar que la cámara vulneraba la privacidad de otros residentes al captar imágenes de sus ventanas sin autorización.
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), la mujer fue sancionada por la AEPD «por la instalación de una cámara casera que, desde el interior de su vivienda enfoca a viviendas ajenas, vulnerando el derecho fundamental a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen de varios de sus convecinos». Una aserción que venía acompañada de la supuesta acreditación de que la mujer demandada había incorporado en su vivienda una cámara de videovigilancia que enfocaba hacia la zona del patio comunero, hacia el que daban el resto de viviendas del bloque.
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