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Actualidad

Absuelto un hombre condenado a 3 años y medio de cárcel por difundir datos personales de su pareja, tras perdonarle ésta

Obtuvo las claves de acceso al correo electrónico de su entonces compañera sentimental, descubrió que mantenía una relación con otro hombre y difundió por WhatsApp correos suyos con mensajes íntimos

Ahora ha sido absuelto en aplicación de lo dispuesto por el artículo 201.3 del Código Penal. (Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 3 min



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Absuelto un hombre condenado a 3 años y medio de cárcel por difundir datos personales de su pareja, tras perdonarle ésta

Obtuvo las claves de acceso al correo electrónico de su entonces compañera sentimental, descubrió que mantenía una relación con otro hombre y difundió por WhatsApp correos suyos con mensajes íntimos

Ahora ha sido absuelto en aplicación de lo dispuesto por el artículo 201.3 del Código Penal. (Imagen: E&J)



La Audiencia Provincial de Castellón ha absuelto a un hombre que había sido condenado a tres años y medio de cárcel por difundir correos electrónicos de su pareja, tras perdonarle la víctima y ratificarlo ante el tribunal.

La Sala de lo Penal ha estimado así el recurso de apelación interpuesto por el condenado contra la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Castellón que en octubre del año pasado le impuso esta pena por un delito contra la intimidad, en la modalidad de descubrimiento y revelación de secretos, previsto y penado en los artículos 197.1º y 3 del Código Penal, en el que concurría la circunstancia agravante de parentesco, del artículo 23.



El caso

Según los hechos probados, el acusado y la víctima mantuvieron una relación sentimental y de convivencia durante alrededor de 16 años, fruto de la que nació un hijo.

Él puso punto y final a la relación en marzo de 2020 tras descubrir que mantenía una relación con otro hombre, pues «obtuvo las claves de acceso al correo electrónico gmail» de la mujer, examinó sus mensajes y descubrió el pastel.



(Imagen: E&J)



Entonces, entre el 21 y 26 de aquel mes, rota ya la relación, el acusado fotografió varios mensajes íntimos que ella había enviado al otro hombre, y los difundió por WhatsApp a los padres y una amiga de la víctima para acreditar esa infidelidad. Posteriormente, también manipuló el correo de la mujer para que le rebotara a su propia cuenta de correo electrónico una copia de todos los mensajes que ésta recibía.

Ella descubrió que él recibía sus mensajes

En septiembre de 2021 el acusado y su expareja quedaron en una cafetería para hablar de la guardia y custodia del hijo, y ella observó que en el móvil de él se recibían mensajes de correo electrónico dirigidos a ella, por lo que aquel mismo día acudió a la Guardia Civil a denunciar los hechos.

El Juzgado de lo Penal impuso al hombre la citada pena de cárcel, así como la prohibición de acercarse y comunicarse con la perjudicada durante cuatro años.

(Imagen: E&J)

El condenado, se alzó en apelación ante la Audiencia de Castellón contra este fallo, dándose la circunstancia de que durante la tramitación del recurso, el pasado mes de enero, la víctima presentó un escrito ante el Juzgado que impuso la pena a su ex comunicando que le otorgaba su perdón. Perdón que posteriormente ratificó ante la Audiencia, en febrero, antes de que dictara su sentencia.

Así, el tribunal ha revocado la condena, tras declarar extinguida la responsabilidad criminal del condenado, en aplicación de lo dispuesto por el artículo 201.3 del Código Penal.

Dicho precepto señala que el perdón del ofendido o de su representante legal extingue la acción penal en los delitos de descubrimiento o revelación de secretos cuando se otorgue ante el juez o el tribunal antes de dictar sentencia.

La resolución –disponible en el botón ‘Descargar resolución’– fue dictada el pasado 22 de mayo (número 195/2024), y la firman los magistrados Eloisa Gómez Santana (presidenta y ponente), Horacio Badenes Puentes y Pedro Javier Altares Medina.