Absuelto un hombre que fotografió a una menor semidesnuda en un probador
Según el juez, no quedó acreditado el hecho delictivo que dio lugar a la investigación
(Imagen: E&J)
Absuelto un hombre que fotografió a una menor semidesnuda en un probador
Según el juez, no quedó acreditado el hecho delictivo que dio lugar a la investigación
(Imagen: E&J)
El Juzgado de Instrucción número 4 de Fuengirola ha absuelto a un hombre de 38 años detenido por fotografiar a una menor de 13 años edad mientras se desvestía en el probador de un Primark. Según el juez, no quedó acreditado el hecho delictivo que dio lugar a la investigación, pues el acusado afirmaba que no sabía que la mujer a la que había hecho una foto era una menor, reconociendo su error en cuanto se enteró.
Los hechos en cuestión tuvieron lugar el pasado 3 de abril de 2023 en la conocida tienda lowcost de un centro comercial situado en Fuengirola. Aquel día, sobre las 13.40 horas, la menor se encontraba junto a su madre en la zona de los probadores de la tienda cuando se percató de que alguien había metido un teléfono móvil por debajo de la cortinilla.
En ese momento, la niña se puso a gritar, propinó una patada al dispositivo y le contó a su madre lo sucedido. Posteriormente, alertaron al personal de seguridad del centro comercial, lo que derivó en la inmediata detención del hombre por parte de la Policía Nacional, tal y como han informado desde PenalTech, despacho que ha asumido la defensa del intervenido.
En su comparecencia judicial, el investigado admitió haber tomado las fotografías, pero afirmó no saber que la mujer en el probador era menor de edad. Explicó que escuchó risas de varias mujeres, sintió curiosidad y tomó algunas fotos debajo de la cortina del vestidor. Sin embargo, al darse cuenta de que había una menor, reconoció su error tanto ante la madre de la víctima como ante una empleada del establecimiento, comprometiéndose a eliminar las controvertidas fotografías.
Un presunto delito de pornografía infantil
Durante la detención, la Policía Nacional confiscó el teléfono móvil del investigado, y la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta (UDEV) procedió al análisis de la información contenida en el dispositivo. A pesar de encontrar numerosos archivos de audio, video e imágenes, se determinó que no eran relevantes para la investigación, ya que eran de naturaleza personal, capturando escenas de la vida cotidiana y familiar, y estando las fotos en cuestión ya eliminadas.
Como resultado, el 22 de enero de 2024, la fiscal del Juzgado de Instrucción número 4 de Fuengirola solicitó el sobreseimiento y archivo provisional del caso, ya que no se pudo establecer la comisión del delito de pornografía infantil y el delito contra la intimidad que originaron la investigación. En consecuencia, dos días después, el magistrado-juez del mencionado juzgado en Málaga emitió un auto para dar por concluido el proceso penal, al no encontrar razón para continuar con el mismo.
Según Francisco José Peláez, abogado experto en delitos informáticos que ha asumido la defensa del investigado, «el informe emitido por la Sección de Ciberdelincuencia de la UDEV se estima clave en la resolución del caso». Asimismo, este letrado ha considerado que «la medida de volcado y análisis de la información contenida en el dispositivo móvil de mi cliente consistió básicamente en trasladar la información del soporte original (un teléfono móvil inteligente), a un soporte informático (como podría ser una memoria USB o un disco duro), garantizándose así que la información volcada y, por tanto, almacenada en el soporte de destino, fuese una imagen espejo de la original, es decir, exactamente igual a ella, sin que se pueda modificar o eliminar información».
En este sentido, ha concluido afirmando que «el volcado forense es esencial para asegurar que la evidencia digital original se mantenga intacta y sin alteraciones, preservando de este modo la integridad de los datos y asegurando una cadena de custodia fiable».