La hostelería obtiene la razón por el Tribunal Superior de Aragón tras las medidas Covid-19
La hostelería obtiene la razón por el Tribunal Superior de Aragón tras las medidas Covid-19
- Anulada la prohibición de la celebración de eventos familiares de más de 50 personas en el interior y 100 en el exterior de la hostelería en Aragón.
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón dicta sentencia tras las medidas adoptadas el 9 de septiembre de 2020, declarando la nulidad de estas.
El Gobierno de Aragón ha establecido limitaciones al derecho de la reunión, basándose en la ley orgánica de medidas especiales en salud pública y en el plan de desescalada establecido en la web de La Moncloa. Esto supone una vulneración tal y como indica el tribunal, del principio de publicidad de las normas, el de jerarquía normativa y legalidad, y el de seguridad jurídica.
La defensa de la Conferencia de empresarios de hostelería y turismo de Aragón, ha estado liderada por Cristina Llop y Maite Royo, ambas del despacho de ECIJA.
“Siempre hemos mantenido que la mera protección de los ciudadanos, aun en un momento tan complejo como el que se vivía en septiembre, no implicaba que el Gobierno de Aragón pudiera acordar medidas sanitarias sin refrendo de, cuando menos, informes técnicos que confirmasen que las restricciones al sector eran las adecuadas», señala Cristina Llop.
La resolución realiza una crítica, que lo que podía haber sido una competencia estatal a regular mediante ley orgánica, ha terminado por ser nombrado por una ley ordinaria, un reglamento emitido por un Gobierno.
La sentencia hace referencia a la falta de proporcionalidad de las medidas acordadas, centrándose que estaba en juego el sacrificio de los derechos individuales, lo que habría necesitado que se regulasen medidas concretas individualizándolas y mostrando a las personas que se verían afectadas justificándose en su sacrificio.