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Acudir a la vía administrativa impide que luego se pueda promover la misma acción ante la jurisdicción civil, según el Supremo

El Alto Tribunal ha revocado la sentencia de la AP de Madrid que condenaba a la aseguradora Zúrich a indemnizar con unos 181.000 euros a una familia

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 5 min

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Acudir a la vía administrativa impide que luego se pueda promover la misma acción ante la jurisdicción civil, según el Supremo

El Alto Tribunal ha revocado la sentencia de la AP de Madrid que condenaba a la aseguradora Zúrich a indemnizar con unos 181.000 euros a una familia

(Imagen: E&J)



Si una demanda ha sido desestimada por vía administrativa, no podrá luego promoverse acción ante la jurisdicción civil, pues «ello supondría un trasvase de jurisdicción con atribución a los tribunales del precitado orden civil la revisión de un acto administrativo». Así lo ha aclarado el Tribunal Supremo después de anular una sentencia previa que condenaba a la aseguradora Zúrich, del Servicio Andaluz de Salud (SAS), a pagar alrededor de 181.000 euros a cinco miembros de una familia por el fallecimiento de un paciente, padre y esposo de los litigantes.

Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), tal aserción viene a poner punto y final a un largo conflicto judicial entre una familia y Sanidad, servicio que había sido demandado por la supuesta muerte negligente en el hospital de uno de sus internos. Una demanda que, sin embargo, estuvo precedida por una reclamación administrativa presentada en noviembre de 2011 contra el Servicio Andaluz de Salud, en la cual la familia exigía al organismo que les indemnizase con unos 425.000 euros en concepto de responsabilidad patrimonial.



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