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Al día

Abogados e iguala: no impide el cobro de honorarios.

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Abogados e iguala: no impide el cobro de honorarios.



 

Y ello aunque no se hubiere pactado expresamente en el caso de que la acción fuera exitosa.
En el caso al que alude la sentencia, en el contrato del abogado demandante con la ahorra recurrente,  se establecieron las consecuencias que la pérdida de los pelitos produciría en el letrado, pero no se decía nada respecto a las que el éxito en las reclamaciones produciría en el cliente demandante. La sentencia recurrida consideró que el abogado unido a su cliente por un contrato de prestación de servicios de los que reciben el nombre de iguala, tenía derecho a cobrar sus honorarios además de las cantidades mensuales que el cliente pagaba.
Resulta lógico que si al abogado se imputaban las consecuencias de la falta de éxito de la demanda interpuesta, de modo que debía asumir el pago de las costas que ocasionara, si la acción era exitosa, debía cobrar los honorarios, que no estaban incluidos en las cláusulas contractuales. De otra forma, se hubiera producido un desequilibrio contractual, con el consiguiente enriquecimiento de la parte que no debe abonar ninguna cantidad cuando pierde el pleito y tampoco cuando lo gana.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, de 2 de marzo de 2009. Nº sentencia 122/09.



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