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Al día

Coacciones y violencia doméstica: el sujeto pasivo es siempre una mujer.

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Coacciones y violencia doméstica: el sujeto pasivo es siempre una mujer.

(Imagen: el blog de DIGI)



 

El artículo 172.2 del CP exige relación sentimental.
El sujeto pasivo del delito previsto en el artículo 172.2 del CP es siempre una mujer; pero una mujer que mantenga o haya mantenido con el sujeto activo bien una relación matrimonial (esposa), bien una relación de afectividad análoga al matrimonio, con o sin convivencia. Es decir, bien una relación de pareja continua de hecho, es decir, con plena convivencia y en la que la situación y las relaciones físicas o económicas de hecho son iguales, similares o parecidas a las propias del matrimonio, bien una relación de pareja discontinua de hecho, es decir, una relación afectiva análoga a la matrimonial o a la continua de hecho, en la que los componentes deciden no convivir de forma continuada, pero compartiendo una relación afectiva de especial intensidad y con una cierta voluntad de compromiso o proyecto de vida en común. La relación de noviazgo tendría cabida en este contexto cuando ese noviazgo, más que cualificado por la duración, se encuentra cualificado por la intensidad y la finalidad de constituir una pareja estable, con un proyecto compartido. Esa intensidad y esa finalidad puede presumirse en las relaciones de noviazgo entre personas mayores de edad que estudian o trabajan, pero su presunción es menos evidente entre menores de edad que están todavía en fase escolar en colegios o institutos y que carecen de otros medios económicos que los que les proporcionan sus padres o tutores, con los que además conviven.
Sentencia de la Audiencia Provincial de Cantabria de 5 de noviembre de 2009, nº recurso 250/2009. Ponente Doña Paz Aldecoa Álvarez Santullano. A FAVOR DE: TRABAJADORA. www.bdigrupodifusion.es, avance de jurisprudencia



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