Concurso: desistimiento
Concurso: desistimiento
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
Estimación al haber desaparecido el presupuesto objetivo de la solicitud de concurso por la existencia de un acuerdo de refinanciación.
Si bien la dicción literal del art. 5. 3 LC no resulta muy afortunada en cuanto que parece contemplar como única actuación posible del solicitante la presentación de la solicitud de concurso (con o sin propuesta anticipada de convenio) obviando otras posibilidades como son el incumplimiento de esta obligación legal, nos podemos encontrar con otras situaciones como un posible acuerdo de refinanciación que determine que la inicial situación de insolvencia (actual o inminente) de la solicitante pudiera desaparecer. Resulta evidente que la desaparición del presupuesto objetivo de la solicitud de concurso, legitima al instante para desistir de la inicial solicitud preconcursal de conformidad con lo previsto en los arts 19 y 20 de la LEC, en relación con la disposición final quinta LC y, por consiguiente, la desaparición de los efectos previstos en el articulo 5.3 LC.
Auto del Juzgado de primera instancia nº 9 y mercantil de Córdoba de 10 de septiembre de 2009, nº 164/2009. A FAVOR DE: CONCURSADO. www.bdigrupodifusion.es, avance de jurisprudencia.
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