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Creados el Consejo y el Observatorio Estatal de Familias.

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Creados el Consejo y el Observatorio Estatal de Familias.

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



El Consejo se crea como órgano colegiado interministerial de carácter asesor y consultivo de la Administración  General del Estado. Adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y dependiente  de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales, Familias y Discapacidad. Su régimen Jurídico se ajustará  a las normas contenidas en el capitulo II del titulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el art. 2 se describen sus funciones, así como las del Observatorio; los arts 3 a 7 establecen la composición del Consejo; los arts 8 a 11 hacen lo propio con la del Observatorio y, finalmente, los arts 12 a 15 establecen normas de funcionamiento y organización.
La presente norma está destinada a hacer efectiva la previsión de la disposición adicional sexta de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección de familias numerosas.