Despido disciplinario
Despido disciplinario
(Imagen: el blog de DIGI)
Simular una dolencia para alargar la baja no es causa de despido
Juzgado de lo Social de Cádiz – 270/2011 – 13/09/2011
Un juzgado ha estimado improcedente la decisión empresarial de despedir a un empleado que fingía una cojera con el afán de demostrar que persistían los síntomas que le habían llevado a estar en situación de incapacidad temporal. Para el juez, la actuación del trabajador aparentando ante la empresa la persistencia de un síntoma es una irregularidad que, sin embargo, no reviste suficiente gravedad como para despedir.
El Juzgado declara que en marzo de 2011, ya el trabajador, que estaba de baja médica desde septiembre de 2010, solicita al Servicio de Salud intervención quirúrgica. Se le despide el 19 de mayo, y el 25 su médico ratifica rotura de menisco interno pendiente de ser intervenida, y deber de ejercitar ejercicio moderado; hay intervención quirúrgica en fecha 10 junio de 2011; con ello es claro que existía en marzo y abril de 2011 y hasta junio, una dolencia susceptible de cojera.
Se ha declarado probado que el trabajador, tal y como declaró el testigo-detective, el 26 de abril de 2011, al visitar la empresa, cojea en esta, pero no antes ni después. Ciertamente es una irregularidad sin causa que produce en la empresa o se busca que aparente una persistencia de un síntoma; pero también es cierto que son los servicios médicos quienes expiden los partes de Confirmación semanales y que la empresa, tras observar esa actuación, no reclama ante el INSS o SAS, ni siquiera le pregunta al propio trabajador.
Tales hechos, con una incapacidad profesional objetiva, no son un grave incumplimiento contra la buena fe contractual del artículo 54 del ET. Por ello, procede la calificación de tal cese como despido improcedente, con opción empresarial de readmitir o indemnizar.
Disponible en . Marginal: 2315749.
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