EDITORIAL DE PERIÓDICO: DELITO DE CALUMNIA.
EDITORIAL DE PERIÓDICO: DELITO DE CALUMNIA.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
Esta Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal realiza consideraciones en torno al delito de calumnia presuntamente cometido por el acusado, director del periódico en el que se publica una editorial que apunta de forma un tanto abstracta, la posible comisión de un delito de prevaricación al concederse de una forma presuntamente privilegiada la adjudicación de una oficina de farmacia a un familiar directo de un miembro del Gobierno navarro. Asimismo, se centra en la colisión entre derechos como la libertad de expresión y la libertad de información, para concluir que no existe delito pues el editorial elaborado por el acusado y publicado por el periódico que dirige se refiere a hechos de indudable relevancia e interés públicos. El periódico publica una serie de reportajes en tono muy critico para con el Gobierno de la época en general y para con el alto cargo en particular, pero sin rebasar en ninguna momento la exigencias de veracidad en la información; y el acusado, director del diario, elabora un editorial en el que interpreta que los hechos investigados por su redactor hacen sospechar la existencia de un delito de prevaricación, sin indicar de manera clara y taxativa quien habría sido el autor de la resolución o resoluciones prevaricadoras. En consecuencia no existe tal delito de calumnia y el editorial se mueve dentro de los justos límites de las libertades constitucionales de expresión e información.
Sentencia del Juzgado de lo Penal nº 2 de Pamplona, de 6 de noviembre de 2006, nº 404/2006. Ponente Don Francisco García Romo. A FAVOR DE: ACUSADO