El Supremo confirma la sanción al guardia civil que abandonó su puesto para ir a emborracharse
Que no se encontrase en el lugar donde debería estar prestando servicio no significa que no estuviese de servicio
Guardia Civil. (Imagen: Archivo)
El Supremo confirma la sanción al guardia civil que abandonó su puesto para ir a emborracharse
Que no se encontrase en el lugar donde debería estar prestando servicio no significa que no estuviese de servicio
Guardia Civil. (Imagen: Archivo)
El Tribunal Supremo ha confirmado la sanción de cuatro meses de suspensión de empleo a un agente de la Guardia Civil por prestar servicio en estado de embriaguez. De esta forma, desestima el recurso de casación interpuesto por el miembro del cuerpo- contra una resolución del Tribunal Militar Central- que consideraba que al no encontrarse en el lugar donde debía prestar servicio, no se podía considerar que estaba trabajando bajo los efectos del alcohol. El Alto Tribunal indica que, dado que los hechos sucedieron durante el horario del turno, se puede afirmar que ha prestado servicio en una condición inadmisible.
El agente, destinado en el Destacamento Fiscal del Aeropuerto de la Comandancia de Alicante, tenía encomendado apoyar al personal que realizaba control sanitario a los pasajeros de llegada al aeropuerto en horario de 15.00h a 23.00h. Se presentó con normalidad, pero a las 20.00h, el cabo primero de ese turno se percató de su ausencia. Se le intentó localizar telefónicamente y se le buscó por toda la terminal del aeropuerto, incluidos los aseos, sin obtener resultados. Se visionaron las cámaras del aeropuerto en las que se pudo comprobar que el expedientado había salido de allí en torno a las 20.15h conduciendo su vehículo particular.
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