Embargo de cuentas: Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito para diligencias de cuantía igual o inferior a 20.000 euros. (BOE 22 de julio de 200).
Embargo de cuentas: Resolución de 10 de julio de 2009, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establece el procedimiento para efectuar por medios telemáticos el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito para diligencias de cuantía igual o inferior a 20.000 euros. (BOE 22 de julio de 200).
(Imagen: el blog de DIGI)
Mediante el procedimiento establecido en la presente Resolución se llevará a cabo el embargo de dinero en cuentas abiertas en entidades de crédito siempre que el importe de las diligencias de embargo sea igual o inferior a 20.000 euros, incluidos recargos, intereses y costas, presentándose tales diligencias por medio telemáticos.
Esta resolución únicamente será aplicable a aquellas actuaciones de embargo que se refieran a las cuentas a la vista y libretas de ahorro abiertas en entidades de crédito, que sean consecuencia de deudas cuya recaudación en periodo ejecutivo tenga encomendada la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
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