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Entrada en vigor de la modificación del Real Decreto para que el teléfono de emergencias 112 sea accesible

El BOE ha publicado este viernes las directrices básicas de planificación y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención de las personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables.
Se da respuesta a una de las demandas “insistentes” del sector social de la discapacidad.

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Entrada en vigor de la modificación del Real Decreto para que el teléfono de emergencias 112 sea accesible

El BOE ha publicado este viernes las directrices básicas de planificación y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención de las personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables.
Se da respuesta a una de las demandas “insistentes” del sector social de la discapacidad.



Madrid, 03 de enero de 2020. –

 



El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha manifestado su “satisfacción” este viernes ante la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del Real Decreto que obliga a la accesibilidad universal del teléfono de emergencias 112. Pulsa aquí para acceder al BOE.

Así, con la modificación de esta norma reglamentaria, se da respuesta a una de las demandas “insistentes” y “sostenidas” del sector social de la discapacidad y se materializa el compromiso de los poderes públicos para garantizar los derechos de las personas con discapacidad, en línea con las distintas legislaciones nacionales e internacionales.

El texto legal, que ha contado con la colaboración de las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias desde su aprobación en el Consejo de Ministros en diciembre, permitirá “la accesibilidad universal a los servicios de emergencia” y, en particular, “al número telefónico 112, como número único de acceso a los servicios de atención de emergencias en todo el territorio nacional”.



Estos cambios supondrán la mejora de la atención a las personas con discapacidad y de otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad, tal y como se expone en el Real Decreto y por el cual se modifican directrices básicas de planificación y planes estatales de protección civil ante emergencia.

DEFICIENCIAS DE ACCESIBILIDAD DEL 112

“Aunque la obligación de accesibilidad del 112 se deducía del bloque de legalidad europeo en la materia, y de la normativa general nacional tanto de accesibilidad universal como de protección civil, el hecho es que a día de hoy este recurso esencial no es accesible en España”, explica el Comité, “lo que ha llevado a la Comisión Europea a plantearse la apertura de un procedimiento de infracción contra España por incumplimiento de normativa comunitaria, a instancias del CERMI, que denunció esta situación”.

Según el CERMI, las deficiencias de accesibilidad del 112 se dan en una doble dimensión. Por una parte, en el ámbito autonómico, “cada Comunidad han establecido, cuando lo han hecho, sus propios canales de accesibilidad, no dando siempre respuesta integral a todas las necesidades de accesibilidad que presentan las personas con discapacidad, que son distintas y plurales”.

Por otra parte, en el ámbito nacional, el Ministerio del Interior “no ha proporcionado ningún sistema para atender las llamadas de emergencia que se producen cuando la persona sale del territorio de su comunidad autónoma o no sabe exactamente dónde se encuentra (zonas limítrofes)”. En este sentido, el Comité entiende que “en estas situaciones de itinerancia, los canales de las Comunidades Autónomas decaen, sin que haya uno alternativo nacional que reciba y responda o redireccione esas llamadas”.

“Hasta ahora, la Dirección General de Protección Civil del Ministerio del Interior ha declinado ejercer su deber de proporcionar accesibilidad universal al 112 en el ámbito nacional, desoyendo las instancias del sector de la discapacidad, del Defensor del Pueblo, de la Fiscalía General del Estado y de la propia Comisión Europea”, denuncia el Comité.

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