FALLECIMIENTO DE RECIEN NACIDO
FALLECIMIENTO DE RECIEN NACIDO
Joan Martínez. (Imagen: E&J)
Resuelve el TS en casación confirmando la sentencia que condenó al tocólogo, a la comadrona así como a la clínica donde fue asistida en el parto la demandante y en el que resultó muerto el recién nacido, desestimando los recursos de los condenados. Respecto al tocológo, confirma la relación de causalidad en su conducta ya que encontrándose en una guardia «localizable» abandonó la clínica pese a constarle que la paciente ingresada presentaba complicaciones -primípara con estrechez de cuello uterino-. Igualmente aprecia responsabilidad de la comadrona que avisó tardíamente al médico y con esta actuación preparó, condicionó y completó la acción de la causa productora del evento dañoso. Finalmente no se pude exonerar de responsabilidad de la clínica dada la deficiente organización a nivel de medios técnicos -un solo monitor- y humanos que presentaba – ausencia de médico de guardia-.