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INCAPACITACION: CAUSAS Y PRUEBAS NECESARIAS

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INCAPACITACION: CAUSAS Y PRUEBAS NECESARIAS

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



Para decretar la incapacitación de una persona lo esencial no es padecer una determinada forma de enfermedad mental, sino sufrir una perturbación que sea origen de un estado mental propio con repercusiones jurídicas. Estos son sus elementos:
a) Existencia de trastorno mental cuya naturaleza y profundidad sean suficientes para justificar dichas repercusiones (criterio psicológico)
b) Permanencia o habitualidad del mismo (criterio cronológico)
c) que como consecuencia el enfermo resulte incapaz de proveer a sus propios intereses (criterio jurídico).

En lo que respecta a la apreciación de la incapacidad así definida, la sentencia confirma que a nivel probatorio, son de extraordinaria importancia los informes médicos practicados, no vinculantes, sin embargo, pues vienen a diseñar el presupuesto fáctico de la incapacitación, si bien, por imperativo legal, lo esencial es que jurisdiccionalmente se verifique personalmente el examen del presunto incapaz, tratándose de una prueba directa y obligada. Además el tribunal oirá a los parientes más próximos del presunto incapaz, examinará a éste por sí mismo y acordará los dictámenes periciales necesarios o pertinentes en relación con las pretensiones de la demanda y demás medidas previstas por las leyes. Nunca se decidirá sobre la incapacitación sin previo dictamen pericial médico.



Sentencia de la Audiencia Provincial de Cuenca, Sección 1º, de 2 de enero de 2006, nº recurso 261/2005, Ponente Don José Elpidio Silva Pacheco. A FAVOR DE: INCAPACITADO. Base de datos Economist & Jurist, Jurisprudencia Civil, Marginal 258065.