Incompleta integración de la legitimación activa
Incompleta integración de la legitimación activa
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
En este recurso de casación se aprecia de oficio la incompleta integración de la legitimación activa, y se casa la sentencia recurrida en cuanto desestima en el fondo la demanda inicial interpuesta en su día por la recurrente. Y apreciando la excepción de litisconsorcio pasivo necesario de la reconvención, se absuelve en la instancia a la actora reconvenida y al demandado reconviniente. El origen fue la demanda de la recurrente contra su hermano solicitando la validez de los acuerdos particionales y de adjudicación de la herencia de su madre, y la condena al demandado para otorgar escritura de protocolización de los acuerdos de partición y adjudicación. Hay falta de legitimación activa cuando un solo coheredero demanda a otro para la validez de los acuerdos en los que otros dos hermanos fueron parte pero no intervinieron, contra ellos se interpuso reconvención. Es una insuficiente integración de la parte actora para pretender por sí sola ese objeto, y más que una falta de legitimación activa por falta de acción, se da una incompleta integración de la legitimación necesaria para ejercitar la acción y pretender lo que se pide