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Inspección de Trabajo

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Inspección de Trabajo



La Audiencia Nacional multa de 84.000 euros por no identificar a los trabajadores que huyeron en una inspección
Audiencia Nacional Sala de lo Social – 08/04/2013

Se desestima la demanda de impugnación de actos administrativos, promovida por la empresa, y declaramos ajustados a derecho las resoluciones recurridas y absolvemos al MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de los pedimentos de la demanda.
Por consiguiente, probado que la empresa se negó a identificar a los inspectores, que intervinieron en su centro de trabajo el 17- 01-2012, a los trabajadores que salieron en tromba de una de las salas de producción de pastelería al entrar uno de los subinspectores, no solo durante la actuación inspectora, sino en sus comparecencias posteriores, debemos convenir con las resoluciones recurridas, que dicha actuación constituye falta muy grave, de conformidad con lo dispuesto en el art. 11.1 Ley 42/1997 , en relación con el art. 50.4.a RDL 5/2000 .
Probado, por otra parte, que el número de trabajadores afectados no fueron 13, sino 11, como subraya la resolución de la Ministra de Empleo y Seguridad Social de 26-09-2012, coincidimos también con la resolución reiterada en que procede graduar la sanción a su grado medio y no al máximo, como se hizo inicialmente, sin que quepa ninguna otra atemperación, puesto que la ocultación de un número de trabajadores tan elevado justifica sobradamente la sanción impuesta, especialmente al haberse acreditado una obstrucción continuada a la labor inspectora.
Disponible en www.bdifusion.es / Avance de Jurisprudencia



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