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Lecciones del caso Goldman Sachs.

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Lecciones del caso Goldman Sachs.



 

La apertura de una investigación de carácter penal contra la entidad Goldman Sachs ha causado verdadero estupor en el mundo financiero estadounidense. Si bien unas pocas semanas antes la SEC había iniciado un proceso contencioso contra dicha entidad acusándola de fraude civil, pocos podían imaginar que finalmente se iniciaría también una investigación penal por determinadas operaciones llevadas a cabo en los albores de la crisis financiera. Las comparecencias ante las comisiones de investigación del Senado, además, no han favorecido demasiado la imagen de la que es considerada, probablemente, la firma más representativa de Wall Street.



En líneas generales la operación que, por el momento, parece estar siendo el centro de atención, es la conocida como ABACUS. Los hechos investigados son los siguientes: John Paulson, un Hedge Fund Manager no demasiado conocido por aquella época – pero que, probablemente, ahora pasará a los anales de la historia financiera por haber realizado la transacción individual más lucrativa de la historia como explica Zuckerman en The Greatest Trade Ever –, propuso a varios bancos de inversión (entre ellos Goldman Sachs) la creación de un producto financiero estructurado en dos partes: por un lado, se trataba de vender a inversores un pool de hipotecas sumamente arriesgadas que, a cambio, ofrecían una alta rentabilidad; por otro lado, el Sr. Paulson compraría una suerte de «seguros» (en concreto: Credit Default Swaps) en caso de que se produjera el impago de las referidas hipotecas. Obvia indicar que el banco de inversión cobraba por los servicios prestados tanto a los inversores como al Hedge Fund en cuestión.

Entre otros muchos motivos este caso resulta interesante, en primer lugar, puesto que se analizará cuánta información deben suministrar los bancos de inversión a sus clientes, con independencia (o no) de que se trate de inversores cualificados que tengan departamentos importantes de análisis de riesgo. Ello será especialmente relevante en estas operaciones con productos extraordinariamente complejos – en general: los denominados CDOs sintéticos – en los que ni el analista más cualificado parecía estar en disposición de individualizar el riesgo de cada una de las obligaciones derivadas de las hipotecas basuras. Entre otras cuestiones puesto que requeriría un análisis individualizado (crecimiento poblacional de la zona, ratio de desempleo local, etc.) para el que no existía el tiempo necesario.



En segundo lugar, será importante examinar el rol que finalmente desempeñó John Paulson en la selección de las hipotecas basuras que integraban el pool que constituía el CDO. Según la defensa de Goldman Sachs no sólo se trataba de una persona poco conocida en el ámbito financiero, sino que no tomó una decisión determinante respecto de dichas hipotecas. La independencia en la selección de las mismas estaba asegurada toda vez que se encargó a una firma externa – ACA Management –  la elaboración y gestión del producto. La relación que se pudo entablar entre la citada entidad y el Sr. Paulson no concernía a Goldman Sachs.



Finalmente, resultará interesante observar si existía obligación por parte de Goldman Sachs de informar a sus inversores sobre el hecho de que el Sr. Paulson estaba invirtiendo en dirección diametralmente opuesta. El antiguo banco de inversión ya ha manifestado que no tenía ninguna obligación ni de informar sobre quién había propuesto el producto ni sobre las posiciones del Sr. Paulson. Expresado en términos penales, se trata de determinar hasta dónde llega el deber de fidelidad del banco con sus clientes inversores. La pregunta que, en algún momento, surgirá en el procedimiento puede ser la siguiente: ¿habrían tomado los inversores la misma decisión si hubieran sabido que quien había creado el producto estaba «apostando» en su contra?

La dimensión internacional del caso de Goldman Sachs está asegurada ya que la Fiscalía alemana está examinando de cerca los datos que van apareciendo. El motivo para ello es que uno de los inversores que compraron dichos productos financieros fue el Banco IKB, en el que existe una fuerte participación del Estado alemán. Cuando se produjeron las pérdidas millonarias como consecuencia de dichas inversiones, éste tuvo que acudir al rescate de la referida entidad. Por ello, la fiscalía alemana tiene mucho interés en analizar hasta qué punto fueron correctamente informados los analistas de IKB de los riesgos del producto.

El caso de Goldman viene a reflejar cómo se empieza a cuestionar seriamente en la que procedían los grandes bancos de inversión. No es casualidad que a las pocas semanas de iniciarse esta investigación, la fiscalía de Nueva york haya anunciado nuevas pesquisas de carácter penal en torno a varias entidades financieras (JP Morgan, Morgan Stanley, Credit Suisse, Deutsche Bank, Citigroup, BofA, entre otras).  El núcleo de la cuestión gira también alrededor de los CDOs y de las posiciones que los propios Bancos estaban adoptando: mientras vendían estos productos complejos a sus clientes, ellos compraban, en muchos casos, protección frente a dichas operaciones.

En líneas generales parece estar abriéndose una suerte de causa generalis contra Wall Street y el posible resultado de la misma, a estas alturas, es sumamente incierto. La fiscalía estadounidense está dedicando cuantiosos recursos a la causa. Las referidas entidades, como no podía ser de otra manera, han contratado a primeros espadas para sus defensas.  El único caso que se ha juzgado hasta ahora en conexión con la crisis financiera – una supuesta defraudación de dos Fund Managers de Bear Stearns – ha terminado en absolución. Pero, con independencia del resultado final, estas investigaciones formarán parte, con toda seguridad, de la historia financiera de aquel país.

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