LIBERACIÓN DE CARGAS Y GRAVÁMENES: EXTINCIÓN POR PRESCRIPCIÓN.
LIBERACIÓN DE CARGAS Y GRAVÁMENES: EXTINCIÓN POR PRESCRIPCIÓN.
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
El expediente de liberación de cargas y gravámenes regulado por el Art. 209 y siguientes de la Ley Hipotecaria tiene por objeto la cancelación de hipotecas, cargas, gravámenes y derechos reales constituidos sobre cosa ajena extinguidos por prescripción con arreglo a la legislación civil según la fecha que conste en el Registro; por tanto, no resulta procedimiento adecuado en supuestos en que lo que se pretende es la cancelación de la hipoteca por pago de la deuda garantizada(Arts 1156 y 1157 CC), no habiendo transcurrido el plazo de prescripción de la acción hipotecaria establecido en el Art. 1964 del CC.
Resolución DGRN de 25 de octubre de 2006(BOE 25-10-2006)