Mobbing inmobiliario
Mobbing inmobiliario
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La sentencia declara probado que la denunciada ordenó cortar el suministro del agua y puso un candado en el acceso a las tuberías que posteriormente retiró con el «ánimo de que no se formalizaran los contratos de arrendamientos nuevos o de que se rescindieran por los propios inquilinos». La sentencia declara textualmente que «estamos ante un claro caso de mobbing inmobiliario´´. La sentencia condena a la propietaria a pagar 18 euros durante 20 días a los afectados.
La propia Audiencia de Barcelona ya se había pronunciado anteriormente sobre el mobbing inmobiliario. Concretamente el Auto de fecha 27 de abril de 2004, dictado a propósito de la interposición de un recurso de apelación por la inadmisión a trámite de una querella interpuesta por presuntos delitos de coacciones, robo con fuerza y defraudación de fluido eléctrico y análogas, por interpretar que los hechos objeto de la querella no eran constitutivos de infracción penal, que fue estimado por la Sala acordando la admisión a trámite de la misma. Por la parte recurrente, la imputación del delito de coacciones se basaba, «en la total dejación por parte del propietario de la finca -el querellado- de sus obligaciones como arrendador, con el único propósito de impedirle el ejercicio de los derechos propios de su condición de arrendataria de la vivienda y, de esa forma indirecta, forzarle a abandonar la misma, la cual se halla enclavada en una zona de creciente revalorización urbanística, y por la que la querellante satisface un alquiler muy bajo por tratarse de un contrato de arrendamiento indefinido, que data del año 1936.