NCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
NCUMPLIMIENTO DE CONTRATO
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
Se desestima el recurso por defectuosa formulación de la casación.
Tribunal Supremo 420/2012 25/06/2012
Se desestiman los recursos de casación formulados contra sentencia desestimatoria de la Sección 10ª de la Audiencia Provincial de Madrid, de 17 de Junio de 2009.
La Sala declara que no se pueden alegar en casación como infringidas disposiciones concretas «y concordantes» o «y siguientes», puesto que ello resulta contrario a la finalidad del recurso de casación. Y ello, porque crea inseguridad en torno a la norma que se pretende infringida, pues no se sabe cuál es de modo específico, sin que la Sala pueda suplir las deficiencias de la parte e indagar cuál pueda ser la norma que el recurrente crea vulnerada, ya que la casación no constituye una tercera instancia, razón por sí sola que es suficiente para desestimar este primer motivo, si no fuera porque también se está haciendo supuesto de una cuestión que ha quedado fuera del debate, como la relativa a los derechos reales de adquisición, y porque, en definitiva, se pretende que se revise de nuevo la prueba para que se considere la existencia de un testaferro y se saquen consecuencias de un procedimiento en el que nunca fue enjuiciado, como es el penal derivado de la querella formulada contra el mismo por los actores, o se le atribuya una legitimación que ya se negó en un procedimiento previo, todo ello a partir de una desordenada y segada revisión de los hechos que han sido objeto del procedimiento.
Disponible en www.bdifusion.es Marginal 2391518
...