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Publicidad de las resoluciones concursales

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Publicidad de las resoluciones concursales

El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)



La publicidad de las resoluciones judiciales previstas en el artículo 198 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, se realizará a través del registro mercantil, si la resolución fuera inscribible en éste, y a través de un portal de Internet bajo la responsabilidad del Ministerio de Justicia.