Reconocimiento de la´´vocación a la marca´´
Reconocimiento de la´´vocación a la marca´´
El Congreso se estructuró en varias mesas redondas que abordaron temas cruciales para el arbitraje. (Imagen: ICAB)
La sentencia acuerda desposeer a los titulares de la marca española BEN SHERMAN (registrada para distinguir productos textiles) para reconocer la titularidad de la misma por parte de la multinacional británica BEN SHERMAN GROUP LIMITED.
La marca española BEN SHERMAN fue registrada en nuestro país en el año 1.996 por dos comerciantes barceloneses del ramo textil que regularmente habían importado y comercializado prendas originales BEN SHERMAN desde Inglaterra. El registro de dicha marca ha supuesto un impedimento para el normal desarrollo de las actividades comerciales de BEN SHERMAN GROUP LIMITED en nuestro país.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona reconoce la «vocación a la marca´´ en nuestro país de aquél titular extranjero quien, comercializando y prestigiando una marca en los principales mercados internacionales, ve obstaculizado el registro de la marca en España por quien, actuando de mala fe y en fraude de derechos del titular extranjero, registra a su nombre dicha marca en nuestro país.
La doctrina que se extrae de dicha sentencia radica en el reconocimiento de la vocación de la marca a la extensión territorial en aquellos mercados en los que adquiere notoriedad y renombre, así como la asunción en sede del Derecho de Marcas de las consecuencias jurídicas del actual proceso de integración de los mercados nacionales en el marco de una economía internacionalizada, en el cual el goodwill generado por el titular de una marca frecuentemente supera las fronteras de aquellos países en los que la marca fue inicialmente registrada y comercializada