Reforma del Código Penal: otros aspectos
Reforma del Código Penal: otros aspectos
(Imagen: el blog de DIGI)
NUEVOS DELITOS
– Captación de menores para espectáculos pornográficos
– Clientela de prostitución con menores o personas que no pueden decidir por si mismas
– Terrorismo: captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación
– Piratería
– Cohecho entre particulares
– Acoso laboral
– Acoso inmobiliario
– Sobornos y fraudes en el deporte
– Ataques informáticos
– Tráfico ilegal de órganos
– Trata de personas
NUEVAS CONSECUENCIAS JURÍDICAS DEL DELITO
Penas:
– Privación de la patria potestad
– Extensión de la localización permanente
Medidas de seguridad:
– Libertad vigilada
Otras:
– Decomiso ampliado
– Ampliación de los trabajos en beneficio de la comunidad
NUEVAS REGULACIONES
– Responsabilidad penal de las personas jurídicas.
– Prescripción: no prescribirán los delitos de terrorismo con resultado de muerte. Otros tipos de delito tampoco prescribirán antes de cinco años.
– Periodo de seguridad: se restringe su obligatoriedad a los casos de terrorismo, delincuencia sexual contra menores y delincuencia organizada.
– La trata de seres humanos se regula independientemente de la inmigración clandestina.
– Endurecimiento de las penas mediante tratamiento específico de los delitos sexuales contra menores de 13 años.
– Delincuencia organizada: se introducen las figuras de organización y grupo criminal.
– Abono de prisión provisional: nadie se verá favorecido por cumplir al mismo tiempo una pena y una medida cautelar de prisión preventiva.
MODIFICACIONES
– Propiedad intelectual: los manteros podrán no ir a la cárcel.
– Especial endurecimiento de las penas en los delitos por corrupción, cohecho, tráfico de influencias, delito fiscal, urbanístico y contra el medio ambiente.
– La Agencia Tributaria auxiliará a los jueces para el cobro de multas e indemnizaciones por delitos contra la hacienda pública y la Seguridad Social.
– Tráfico de drogas: más facultades a los jueces para individualizar la pena.
– Se completan los delitos contra la comunidad internacional, incorporando el reclutamiento de niños soldados, delitos sexuales en conflictos armados y la especial protección de mujeres y niños.
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