Reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Reforma del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal
Entró en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín oficial del Estado.
Afecta a los artículos 2,3,4,5, 11,12,13,14,15,16,17,18; suprime los arts 18 bis, 18 ter, 18 quater y 18 quinquies; reforma también los arts 19, 20, 21,22,23,24,25,26,28; modifica la rúbrica del Titulo III; arts 29,31,34,35,36,41,44,45,57,58,59,62,63,64,72, disposiciones transitorias séptima, octava, novena.