REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION: MODIFICADO
REGLAMENTO GENERAL DE CIRCULACION: MODIFICADO
El debate ha sido intenso, Domingo Sánchez Ruiz, uno de los coordinadores de la Plataforma de Interinos del sector público, en el uso de la palabra. (Imagen: E&J)
La reforma se presenta con la finalidad esencial de complementar las medidas de seguridad encaminadas a proteger a determinados usuarios que se consideran especialmente vulnerables por su edad y por su talla corporal e introduce mayor rigor en la utilización de dispositivos de seguridad. Concretamente, quedan modificados:
– Articulo 9, apartados 2 y 3(cómputo del número de personas transportadas en vehículos de transporte escolar y de menores)
– Articulo 18, se añade un apartado 4(infracciones de este precepto serán graves)
– Artículo 48, apartado 1, párrafo a) y apartado 2 reciben nueva redacción.
– Artículos 116 y 117, reciben nueva redacción.
– Articulo 118, apartado 1, párrafo primero, nueva redacción.
– Artículo 119, apartado 1, apartado 2, párrafo a) y apartado 3, nueva redacción.
– Disposición adicional segunda, nueva redacción.
– Se incorpora una disposición adicional cuarta.
– Se incorpora una disposición final tercera
– Se incorpora un Anexo IV.
– Se derogan los Artículos 4.2.4., párrafos segundo y tercero y el Art. 4.3.1 y 3 del RD 443/2002, de 27 de abril, sobre condiciones de seguridad en el transporte escolar y de menores.