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Al día

Se aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifica otra normativa tributaria. (BOE núm. 66, de 18 de marzo de 2011)

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Al día

Se aprueba el modelo 111 de autoliquidación de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y se modifica otra normativa tributaria. (BOE núm. 66, de 18 de marzo de 2011)

(Imagen: el blog de DIGI)



La Orden EHA/30/2007, de 16 enero, por la que se aprueban los modelos 110 y 111 de declaración-documento de ingreso de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, mantuvo la tradicional existencia de dos modelos para realizar la autoliquidación de las cantidades retenidas y de los ingresos a cuenta que correspondan sobre tales categorías de renta. El modelo 111, de periodicidad mensual, cuando se trataba de retenedores u obligados que tengan la consideración de grandes empresas o de Administraciones Públicas, incluida la Seguridad Social, cuyo último Presupuesto anual aprobado con anterioridad al inicio del ejercicio supere la cantidad de 6 millones de euros, y el modelo 110 para los restantes obligados tributarios, con periodo de liquidación trimestral.

La reciente modificación de la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria, llevada a cabo por la Orden EHA/3062/2010, de 22 de noviembre, por la que se modifica las formas de presentación de las declaraciones informativas y resúmenes anuales de carácter tributario correspondientes a los modelos 038, 156, 159, 170, 171, 180, 181, 182, 183, 184, 187, 188, 189, 190, 192, 193, 194, 195, 196, 198, 199, 291, 296, 299, 340, 345, 346, 347, 349, 611 y 616 y por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio de 2009, que establece el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria con el único fin de extender la domiciliación bancaria, inicialmente prevista para autoliquidaciones trimestrales como las del modelo 110, a los modelos con periodicidad mensual, entre ellos, al modelo 111, ha permitido homogeneizar los medios de pago que puedan utilizarse en ambas autoliquidaciones.



A la vista de la situación descrita no parece razonable seguir manteniendo dos modelos de autoliquidación con un mismo contenido y esquema liquidatorio ni la dispersión normativa que comporta la regulación en preceptos diferenciados de las condiciones y el procedimiento de presentación telemática de los distintos tipos de obligados a retener e ingresar. Por todo ello, se procede a aprobar esta nueva orden.

 

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