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Tráfico: pérdida de puntos.Puede impugnarse la pérdida de puntos aunque ya se haya pagado la multa.

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Tráfico: pérdida de puntos.Puede impugnarse la pérdida de puntos aunque ya se haya pagado la multa.

(Imagen: el blog de DIGI)



 

La presente Sentencia desestima  la impugnación del RD 62/2006, de 27 de enero, por el que se modifica el Reglamento General de Conductores aprobado por Real Decreto 772/1997, de 30 de mayo. Previsión de las necesarias garantías procedimentales para la imposición de la sanción que implica la pérdida de vigencia del permiso de conducción por la pérdida total de los puntos asignados. Previsión, también, de garantías procedimentales para la pérdida parcial de puntos. Deber de que, aunque la norma reglamentaria no lo establece expresamente, durante la tramitación del procedimiento sancionador el interesado quede cumplidamente informado de los puntos que podrá perder en caso de resultar sancionado y de que en la notificación de la resolución sancionadora se le indique claramente la pérdida de puntos que llevará aparejada la sanción una vez que sea firme. Procedencia de que se impugne en la resolución sancionadora no sólo la conducta infractora y la cuantía de la sanción pecuniaria sino también la medida relativa a la pérdida de puntos, incluso en los casos en que el interesado hubiese obtenido una reducción del 30% de la cuantía de la multa por haber pagado su importe en los 30 días naturales siguientes al de la notificación del boletín de denuncia.
Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Contencioso administrativo, de 4 de junio de 2009. Nº recurso 25/2005. A FAVOR DE: ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO. www.bdigrupodifusion.es, avance de Jurisprudencia.



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