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USO DE CÁMARAS OCULTAS EN REPORTAJES DE INVESTIGACIÓN

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USO DE CÁMARAS OCULTAS EN REPORTAJES DE INVESTIGACIÓN

Joan Martínez. (Imagen: E&J)



 

El Juzgado desestima la demanda interpuesta por la responsable de un centro de adelgazamiento por supuesta vulneración de sus derechos al honor, intimidad y propia imagen contra una productora audiovisual que había realizado grabaciones con cámara oculta en su centro de trabajo.El Juzgado, siguiendo la línea marcada por una anterior sentencia del Juzgado de Primera Instancia nº 17 de Valencia de 26 de junio de 2001, confirmada por la Audiencia Provincial en sentencia de 24 de enero de 2002, declara la preeminencia de los derechos a la información y libertad de expresión frente a los derechos a la intimidad y propia imagen al demostrarse el interés general del reportaje, su veracidad, objetividad y ánimo informativo. El reportaje, como señala la sentencia, se encuadra dentro del llamado «periodismo de investigación», al que es consustancial la ocultación de los medios propios de grabación.