Aprobado el desahucio de un individuo que se negaba a abandonar la vivienda de su madre, en la que llevaba viviendo varias décadas
Se considera que existe una situación de precario

(Imagen: E&J)
Aprobado el desahucio de un individuo que se negaba a abandonar la vivienda de su madre, en la que llevaba viviendo varias décadas
Se considera que existe una situación de precario

(Imagen: E&J)
El Tribunal Supremo ha aclarado, en una reciente sentencia que resuelve la disputa familiar entre una mujer usufructuaria de una vivienda ubicada en Sevilla y su hijo —quien lleva viviendo intermitentemente en el inmueble de su madre desde hace 35 años—, que cuando el dueño o titular del derecho de uso y disfrute de una vivienda comunica que quiere recuperar el uso exclusivo de su propiedad, aquel que posee de manera inmediata la casa debe proceder a abandonarla, pues se considera que existe una situación de precario.
El caso en cuestión concluye así —en una sentencia cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’— qué ocurre cuando una persona propietaria de un bien inmueble, que lo ha cedido de forma gratuita a un tercero (en este caso, a su hijo), quiere recuperarlo. Un pleito que surgió a raíz de que una mujer, usufructuaria de una vivienda en Sevilla, decidiera después de varias décadas que quería volver a tener pleno poder sobre uno de sus inmuebles, el cuál había cedido —años atrás y gratuitamente— a su hijo y a la novia de éste.
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