Aprobados los modelos para la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas que prestan servicios profesionales. Ampliación del plazo.
Dirección General de Registro y del Notariado (Foto: E&J)
Aprobados los modelos para la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas que prestan servicios profesionales. Ampliación del plazo.
Dirección General de Registro y del Notariado (Foto: E&J)
ÚLTIMA HORA. AMPLIACIÓN DE PLAZO
La obligación de inscripción en el Registro Mercantil de abogados y otros profesionales que tenía como fecha límite el 3 de septiembre de 2019 se amplía hasta el 31 de diciembre de 2019.
03.09’19.- La Dirección General de los Registros y del Notariado ha dictado una Instrucción de fecha 30 de agosto de 2019, que se puede consultar pulsando aquí, que contiene todos los formularios legales para la inscripción en el Registro Mercantil de las personas físicas que prestan servicios profesionales. Estos requisitos legales se imponen en cumplimiento de la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales y Financiación del Terrorismo.
La instrucción señala que en la declaración telemática la persona deberá quedar suficientemente identificada, por lo que es necesario el empleo de firma electrónica, destacando como admisibles el certificado incorporado al DNI electrónico, el expedido por la FNMT y los expedidos por prestadores de servicio de confianza cualificada. En el contenido la instrucción detalla los campos de cumplimentación obligatoria, otros que son de carácter voluntario y un texto de la declaración.
El plazo para realizar la declaración, conforme se dispone en la citada Instrucción, comenzará el día 4 de septiembre de 2019 “tan pronto como esté en funcionamiento la aplicación informática en la sede electrónica del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España”,y “el alta deberá realizarse a partir del 4 de septiembre y no más tarde del 31 de diciembre, para todas aquellas personas físicas que vinieran prestando los indicados servicios en el ejercicio 2019 o con anterioridad.”
Fuente institucional DGRN