Aquel que adquiera un terreno edificado con orden de demolición deberá ejecutar el derrumbamiento, aunque no haya cometido ninguna infracción
Según el TSJC, estas órdenes van unidas a la propiedad de la finca y, por tanto, se trasfieren
(Imagen: E&J)
Aquel que adquiera un terreno edificado con orden de demolición deberá ejecutar el derrumbamiento, aunque no haya cometido ninguna infracción
Según el TSJC, estas órdenes van unidas a la propiedad de la finca y, por tanto, se trasfieren
(Imagen: E&J)
Si un individuo adquiere un terreno ya edificado cuyo anterior propietario contaba con una orden de demolición, el nuevo dueño está obligado a ejecutar dicho derrumbamiento aunque él no hubiera cometido ninguna infracción. Así lo ha establecido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias después de declarar que las órdenes de demolición —como obligaciones propter rem— van unidas a la propiedad de la finca y, por tanto, se trasfieren de propietario en propietario.
El litigio en cuestión (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), se originó después de que un individuo, que había comprado una finca ya edificada en octubre de 2020, recibiera una notificación de demolición por infracción urbanística. Una orden que previamente se había enviado al anterior propietario, pero como éste había procedido a vender el terreno no la había llegado a ejecutar.
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