Avalistas de préstamos Covid se liberan de responder del 80% de la deuda reclamada por Banco Sabadell
La omisión del deber de información a los avalistas acarrea la limitación del aval constituido
Sede del Banco Sabadell. (Foto: Google)
Avalistas de préstamos Covid se liberan de responder del 80% de la deuda reclamada por Banco Sabadell
La omisión del deber de información a los avalistas acarrea la limitación del aval constituido
Sede del Banco Sabadell. (Foto: Google)
Una reciente sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Zaragoza ha liberado a unos avalistas de un préstamo Covid-19 del 80% de la deuda reclamada por Banco Sabadell, como consecuencia de no haber informado adecuadamente sobre los términos de dicho aval y sobre el verdadero alcance del aval del ICO del Estado.
Durante la pandemia, muchas empresas tuvieron que paralizar totalmente su actividad y, para poder afrontar esta situación, se establecieron líneas de crédito ICO, de forma que podían solicitar créditos a las entidades financieras, que estaban avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) hasta en un 80% del importe prestado. Es decir, si la empresa no paga el préstamo, respondía el ICO frente al banco en el 80% de la financiación solicitada.
Las entidades financieras tenían garantizado por el ICO el 80% del préstamo o financiación en el caso de que la empresa no pudiera devolverlo. «Sin embargo, pese a contar con esa garantía del Estado, la mayoría de los bancos exigían a los administradores y socios o accionistas de la sociedad, así a como familiares que, además, avalaran personalmente con su patrimonio la devolución del préstamo», declara a Economist & Jurist el abogado de Durán & Durán Abogados Julián Mérida Chueca, director de la sede de Zaragoza, quien ha llevado el caso analizado.
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