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Actualidad

Basta la notificación al procurador para que empiece a computar la cuenta atrás del plazo para presentar recurso de casación

Solo en casos evidentes de dificultad para notificar a la representación procesal se podría considerar la notificación directa

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 3 min



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Basta la notificación al procurador para que empiece a computar la cuenta atrás del plazo para presentar recurso de casación

Solo en casos evidentes de dificultad para notificar a la representación procesal se podría considerar la notificación directa

(Imagen: E&J)



El plazo para presentar recurso de casación comienza con la notificación al procurador. Esto es así incluso si el condenado no ha recibido ninguna notificación personal, ya que en aquellos casos en los que no se espera la asistencia obligatoria del reo, basta con la notificación a su procurador para que empiece a computar la cuenta atrás del plazo para presentar recurso de casación.

Así lo ha declarado el Tribunal Supremo en una reciente sentencia publicada el pasado 2 de abril, la cual resuelve la queja de un individuo que vio declarado como «extemporáneo» el recurso de apelación que interpuso contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Las Palmas de Gran Canaria dictada en fecha 14 de septiembre de 2023.



Aunque el condenado alegó que no se le había notificado personalmente de que comenzaba a correr el plazo límite para presentar su recurso de apelación, a pesar de que había enviado un correo electrónico «interesando expresamente tal notificación» y de que una sentencia del Supremo establece que cuando se puede generar indefensión no basta con la notificación al procurador; el Ministerio Fiscal se opuso a esta opinión.

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