Cerca de 500 menores están en riesgo de violencia vicaria grave en España
Vicente Magro, magistrado del Supremo, señala en las Jornadas de Derecho de Familia organizadas por la AEAFA y el ICAV que “la maldad es una forma de ser, no un trastorno mental”
El magistrado Vicente Magro con Mariló Lozano, presidenta de la AEAFA, primera por la derecha. (Foto: AEAFA)
Cerca de 500 menores están en riesgo de violencia vicaria grave en España
Vicente Magro, magistrado del Supremo, señala en las Jornadas de Derecho de Familia organizadas por la AEAFA y el ICAV que “la maldad es una forma de ser, no un trastorno mental”
El magistrado Vicente Magro con Mariló Lozano, presidenta de la AEAFA, primera por la derecha. (Foto: AEAFA)
El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Vicente Magro Servet, explicaba esta mañana que el Ministerio del Interior detectó en junio de 2021 “al menos 471 menores en riesgo grave de sufrir violencia vicaria”.
Así lo ha manifestado en su ponencia sobre Violencia de Género y consecuencias derivadas del régimen de visitas, impartida hoy en el congreso de Derecho de Familia de Valencia organizado por la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) y el Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV).
Durante su intervención, recordó que cuando se dicta una orden de protección hacia la mujer con medidas de contenido penal y existen indicios fundados de que los hijos menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido con la violencia, la autoridad judicial “suspenderá de oficio o a instancia de parte el régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado respecto de los menores que dependan de él”.
Para este precepto existe una excepción. El juez podrá permitir estas visitas si existe un interés superior del menor y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial. Por ello, los jueces deben evaluar el riesgo de violencia vicaria.
Magro, estudioso de la violencia de género, cree que entre esas preguntas que debe hacerse la autoridad judicial están: ¿Está en riesgo de una violencia vicaria en el caso de mantenimiento de las visitas? ¿Se ha detectado por la víctima este riesgo? ¿Se ha hecho un debido tratamiento del riesgo de existencia de violencia vicaria que determine la adopción de esta medida? ¿Existe una previsibilidad, aunque sea mínima, de que los menores puedan sufrir ahora esa violencia si se fija un régimen de visitas por el juez? Aunque el objetivo de la violencia no sean ellos, ¿lo serán a partir de ahora?
Este magistrado de la Sala Penal reconoció que los cambios legislativos con el objeto de restringir al maltratador el contacto con los hijos, como la Ley 8/2021, de 2 de junio, tienen lugar porque había sentencias que, incluso en casos de asesinato u homicidio en grado consumado o de tentativa, no se había aplicado la privación de la patria potestad, y que el Tribunal Supremo tuvo que corregir en casación.
Crean un clima irrespirable
Al mismo tiempo, incidió en la gravedad de la violencia vicaria y el modo de actuar de los agresores. “El maltratador actúa como una especie de cartero psicológico de noticias sobre maltrato futuro que pueden ocurrir en el hogar. De este modo, crea un clima irresponsable de miedo y temor en la pareja del agresor y sus hijos”, afirmó.
Por este motivo, “muchos crímenes de violencia vicaria se producen tras la denuncia”, es decir, cuando el maltratador se da cuenta que el terror psicológico no ha funcionado.
Magro incidió en la existencia de la “maldad intrínseca”, tal como queda plasmado en la sentencia Tribunal Supremo 469/2021 de 2 de junio de 2021. “La maldad es una forma de ser, no es un trastorno mental”, aseveró.
Preguntado sobre qué herramientas se deberían introducir para frenar las cifras de víctimas de violencia vicaria, el magistrado ha incidido en la necesidad de establecer protocolos. «Todas las actuaciones que se hacen por la policía, por los forenses, por los jueces, tienen que estar protocolizadas y con una misma sistemática».
«Si mejoramos la protocolización de estos instrumentos y los uniformamos, todos los profesionales que trabajen directamente con la violencia de género serán más eficaces y se evitarán lagunas o posibles errores. En muchas ciudades hay protocolos muy buenos. Lo importante es extenderlos al resto del país y cuando hay una herramienta que funciona bien, protocolizarla bien, homogenizarla y extenderla para que en toda España se trabaje con esa misma idea«, resaltó.
Urgen juzgados especializados en familia
Tanto Vicente Magro como la presidenta de la AEAFA, María Dolores Lozano, han hecho hincapié en la necesidad de una especialización de los juzgados en materia de Familia, con jueces, fiscales y resto de operadores jurídicos formados en Derecho de Familia, como ocurre con los asuntos empresariales, que se resuelven en los juzgados especializados de Mercantil.
“La especialización de jueces, fiscales, equipos psicosociales y de letrados de la Administración de Justicia evita conflictos», ha señalado la presidenta de AEAFA.
Según indica Lozano, «la experiencia ha demostrado que los tribunales específicos en asuntos de Familia, Infancia y Capacidad aceleran la resolución de las crisis familiares -como es el caso de los divorcios, modificación de medidas y procedimientos de jurisdicción voluntaria-, disponen de más medios y ofrecen soluciones más acertadas porque sus conocimientos sobre esta materia son superiores».
“Hay una falta de medios en los juzgados y en la asistencia y protección de la víctima. Cuando se tarda mucho tiempo en dar una resolución se producen situaciones muy conflictivas. En procedimientos lentos y sin medios, el propio sistema legal potencia la violencia de género”, insistió la presidenta de AEAFA.
“No se puede esperar un año en resolver un asunto de Familia, como la visita de los hijos o las pensiones de alimentos”, corroboró Magro. “Donde tenemos que trabajar más es en la prevención. Es ahí donde no podemos fallar, por ello hay que invertir en medios materiales y humanos para hacer buenas evaluaciones de riesgo”, aduce.