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Cinco años sin su hijo: la batalla judicial de una madre a la que separaron de su bebé sin motivo

Los servicios sociales actuaron siguiendo una denuncia que posteriormente se demostró falsa, sin embargo, la Justicia no ha querido devolverle a su hijo para no afectarle

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 9 min



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Cinco años sin su hijo: la batalla judicial de una madre a la que separaron de su bebé sin motivo

Los servicios sociales actuaron siguiendo una denuncia que posteriormente se demostró falsa, sin embargo, la Justicia no ha querido devolverle a su hijo para no afectarle

(Imagen: E&J)



Es 2020. El mundo entero tiene los ojos puestos en un único tema: la pandemia. Millones de personas son obligadas a confinarse en sus casas; mientras, los hospitales están colapsados y la cifra de fallecidos sigue creciendo. Pero en medio de este caos hay una persona a quien todo lo que está ocurriendo en el exterior parece no importarle tanto. Ella es francesa. Estaba embarazada. Apenas llevaba unas semanas en España cuando se decretó el estado de alarma. Entonces, comenzó su pesadilla.

No es una pesadilla común, no como la de todos los demás. La suya no tiene nada que ver con el miedo al virus ni con la incertidumbre del encierro. Su pesadilla comienza en los pasillos de los servicios sociales. Pero no acaba. Han pasado ya cinco años desde que conocimos el significado de la palabra coronavirus y tres desde que logramos una normalidad camuflada. Pero para ella todo sigue del mismo color que entonces: negro. Y es que apenas veinte días después de dar a luz fue denunciada.



Esta denuncia fue presentada por una antigua amiga suya que decía que no estaba capacitada para hacerse cargo de su bebé. Sin embargo, más tarde reconoció que era mentira. Pero ya era tarde. El daño ya estaba hecho. Los servicios sociales ya se habían hecho cargo del menor sin ningún tipo de cuestionamiento. Tampoco de consentimiento. En cuestión de días, su hijo fue apartado de su lado, y ella, desesperada, tuvo que enfrentarse a la complejidad de un sistema que la había juzgado sin miramientos. La acusación falsa, aunque retirada, había sembrado una semilla de desconfianza que se expandió rápidamente por los engranajes de la Justicia.



En este escenario, Economist & Jurist habla con su abogada, Marta Boza, quien en representación de su clienta acaba de presentar un escrito ante el Tribunal Constitucional, pues aunque la Audiencia Provincial les dio la razón, posteriormente el Tribunal Supremo sentenció que, pese a todo, sería muy aparatoso para el menor enterarse con cinco años de que sus acogedores no son sus verdaderos padres. En otras palabras, el Supremo reconoció que la separación de la madre no debió haberse producido, pero justificó su decisión alegando que sería, a estas alturas, perjudicial para el niño.



Economist & Jurist (E&J): ¿Cómo empezó el caso de tu clienta y en qué circunstancias se encontraba cuando dio a luz en España?

Marta Boza (abogada): Mi clienta es una ciudadana francesa que viajó a una localidad del sur de España para pasar unos días con una amiga. En ese momento, estaba embarazada y, desafortunadamente, quedó atrapada allí debido al estado de alarma decretado por la pandemia de Covid-19. Esto significó que no podía salir del municipio por las restricciones de movilidad impuestas.

En esas condiciones, terminó dando a luz en un lugar donde no conocía a nadie, sin hablar español y sin ningún tipo de red de apoyo familiar o social. A esto se sumaba la incertidumbre global causada por la pandemia, el aislamiento y el estrés de ser madre primeriza en un entorno completamente ajeno. Como consecuencia, desarrolló una leve depresión posparto, aunque nunca llegó a ser diagnosticada ni tratada, ya que, en medio de todas las dificultades que estaba atravesando, su prioridad era su hijo.

Aproximadamente 20 días después del nacimiento del bebé, mi clienta tuvo una discusión con la amiga con la que se estaba alojando. Como resultado, esta mujer llamó a la policía para denunciarla y, al día siguiente, contactó a los servicios de atención a la infancia, presentando otra denuncia en su contra.

A raíz de esto, los servicios sociales citaron a mi clienta, que acababa de dar a luz, y la convencieron de que debía entregar a su bebé bajo el argumento de que era un peligro para él. Ella se opuso, pero le hicieron creer que se trataba de una medida temporal, solo por unos días, para que pudiera recuperarse. Sin embargo, siempre existió esa presión implícita, ese doble filo: si no accedía, le quitarían al niño de todas formas.

Ella nunca firmó ningún documento que autorizara la separación definitiva de su hijo, simplemente confiaba en que se lo devolverían en poco tiempo. Sin embargo, cuando intentó reclamarlo, se encontró con que se había decretado un acogimiento temporal sin su consentimiento.

E&J: ¿Cómo evolucionó la situación de esta madre y de su hijo?

Marta Boza: Desde el principio, ella dejó claro que no quería que su hijo estuviera en un acogimiento temporal. Sin embargo, cada vez que pedía explicaciones o intentaba recuperarlo, le ponían nuevos requisitos: debía encontrar un trabajo, tener estabilidad económica y una vivienda propia con una habitación para el bebé. Era una exigencia completamente injusta, considerando que estaba en un país extranjero, en un pequeño municipio donde no tenía oportunidades laborales y en plena pandemia.

A pesar de las dificultades, mi clienta hizo todo lo posible para cumplir con lo que le pedían. Se trasladó a Barcelona, donde tenía más posibilidades de encontrar empleo y una vivienda adecuada. Pero mientras intentaba reconstruir su vida para poder recuperar a su hijo, las visitas se volvieron casi imposibles. Debido a las restricciones del estado de alarma, no podía viajar en las fechas y horarios que los servicios sociales le imponían de manera arbitraria.

Al ver que la situación no se resolvía y que no estaban cumpliendo lo prometido, decidió acudir al juzgado para recuperar la custodia de su hijo. Fue entonces cuando la Justicia, en lugar de ayudarla, subió el nivel del acogimiento temporal a guarda con fines de adopción. En este momento es cuando nuestra clienta contactó con nosotros.

E&J: ¿Qué ocurrió cuando el caso llegó a la Audiencia Provincial y al Tribunal Supremo?

Marta Boza: En cuanto tomamos el caso, revisamos a fondo el expediente y encontramos que todo se basaba en la denuncia de la supuesta amiga, cuya credibilidad nunca fue cuestionada. Lo más grave es que esta persona —la denunciante— tenía antecedentes en servicios sociales porque ya le habían retirado un hijo anteriormente debido a consumo de drogas durante el embarazo y por una patología dual de enfermedad mental y drogadicción. Además, tenía un 65% de discapacidad por un trastorno límite de personalidad.

A pesar de estos antecedentes, se le dio total veracidad a su denuncia sin que existiera un solo informe que indicara que mi clienta hubiera puesto en riesgo al bebé. No había ninguna prueba de maltrato, negligencia ni daño emocional. Tampoco existía ningún informe psicológico o social que sugiriera que ella no estuviera capacitada para cuidar a su hijo. Todo se basó en afirmaciones infundadas.

Ante estas irregularidades, presentamos un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. Allí, logramos demostrar que el acogimiento con fines de adopción no tenía justificación, y la Audiencia nos dio la razón, ordenando la restitución del menor a su madre. Sin embargo, los acogedores –que no padres de acogida, pues madre solo hay una– recurrieron la decisión ante el Tribunal Supremo.

En este punto, el Supremo reconoció que no había pruebas de que mi clienta hubiera hecho algo malo ni de que el niño hubiera estado en peligro. Sin embargo, argumentó que, dado que habían pasado cuatro años y el niño ya se había adaptado a su familia de acogida, un nuevo cambio podría afectarlo psicológicamente. Lo paradójico es que el niño ya había sido cambiado de familia de acogida en tres ocasiones previas y nunca se consideró que eso lo afectara.

E&J: ¿Y qué ocurrió con la denunciante? ¿No testificó en ningún momento?

Marta Boza: Durante el procedimiento, la mujer que hizo la denuncia inicial presentó una carta retractándose y admitiendo que había mentido. Este documento quedó registrado en el expediente, pero, sorprendentemente, ni el primer juzgado ni el Tribunal Supremo lo tuvieron en cuenta. De igual modo, tampoco se le llamó a declarar en ningún momento. Algo que sí que le llamó la atención a otro magistrado del Alto Tribunal, quien emitió un voto particular una vez ya se había dictado sentencia.

E&J: ¿Qué decía este voto particular?

Marta Boza: El voto particular del Tribunal Supremo, emitido por el magistrado que inicialmente era el ponente del caso, dejó claro que la madre siempre se opuso a la separación de su hijo y que nunca se tomaron en cuenta factores clave como la pandemia, las restricciones de movilidad y la imposibilidad de cumplir con requisitos absurdos. Además, señaló que la denuncia en la que se basó toda la intervención de los servicios sociales era falsa y que la madre nunca fue escuchada en ninguna instancia.

Aquí un fragmento de este voto particular (disponible en ‘descargar resolución’): «La actuación de la Administración solo se puede justificar por lo que manifestó la persona que por entonces convivía con la [madre biológica]. Lo que sucede es que la información proporcionada por ella puede explicar y respaldar la intervención inicial y urgente de la Administración, pero no su actuación posterior, dados los antecedentes de [la denunciante], con los que contaba la propia Administración, y su posterior y total retractación al declarar, contradiciendo por completo lo que antes había manifestado, que la [madre biológica] nunca le puso la mano encima a su hijo […]».

A partir de ese voto particular es cuando se inicia el proceso de guarda con fines de adopción. En este voto se recoge que no se le permitieron las llamadas ni las fotos prometidas. Hay que incidir en que cuando la madre perdió la custodia de su bebé decide mudarse porque no tenía un arraigo fuerte en su ubicación anterior y pensaba que, en otro lugar, tendría mejores oportunidades.

La madre consiguió un trabajo, alquiló una vivienda con una habitación preparada para el niño, y que además presentó cartas de familiares que avalaban su situación. Todo esto lo aportamos en los informes y en las analíticas, que demostraron que nunca había consumido drogas, lo cual debería haber sido suficiente para reconsiderar la situación.

El voto particular señala que la Administración se aprovechó de la situación, especialmente en lo relacionado con la desescalada del Covid, lo que retrasó todo el proceso. En mayo de 2021, la madre no pudo cumplir con los requisitos que le pedían debido a los transportes y las restricciones de movilidad.

Además, no se puede reprochar su comportamiento porque nunca tuvo la intención de abandonar a su hijo ni de darlo en adopción. A lo largo de todo este proceso, la madre mostró esfuerzos continuos para mejorar su situación laboral y familiar, y se demostró que había recibido apoyo de su familia. Es más, se alega que, sin un motivo real, la situación del niño no debería haberse mantenido en los términos que lo hicieron. La falta de motivación para retirar al niño es lo que también defendemos.

E&J: ¿Qué opina de la sentencia del Supremo?

Marta Boza: El Tribunal Supremo no debería haber analizado el fondo del caso, ya que no es su función en este tipo de procedimientos. El voto particular señala que, al actuar como si fuera una tercera instancia, el Supremo cometió un error al valorar hechos que no correspondían.

En este caso, ya habíamos desmentido todos los argumentos de la otra parte, pero al llegar al Supremo, se consideraron válidos los puntos que no debían ser tomados en cuenta. Por lo tanto, el Supremo actuó de manera incorrecta al entrar en detalles que no eran su competencia, lo que hizo que la decisión no fuera justa.

E&J: ¿Cómo valora la actuación de los servicios sociales en este proceso?

Marta Boza: En cuanto a la actuación de los servicios sociales, no se le han hecho las entrevistas necesarias para valorar adecuadamente la situación de la madre. Esta falta de intervención y apoyo por parte de los servicios sociales es algo que se repite en muchos casos, y es algo que hemos observado con preocupación.

La madre ha hecho todo lo posible, ha aportado pruebas de que no tiene problemas de toxicomanía, que tiene estabilidad laboral, que ha preparado su hogar para el niño, y, sin embargo, no se han tomado en cuenta estos esfuerzos. La situación refleja una falta de apoyo por parte de las instituciones que deberían velar por el bienestar del niño.

E&J: Ya habéis presentado recurso ante el Tribunal Constitucional. ¿Qué habéis alegado en el mismo y qué podría ocurrir en caso de que falle en vuestra contra? ¿Podríais recurrir a instancias internacionales?

Marta Boza: Hemos alegado la vulneración de derechos fundamentales, tanto de la madre como del menor. Entre ellos, el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la vida familiar y el principio del interés superior del niño, todos ellos protegidos por la Constitución Española y por tratados internacionales de derechos humanos. Hemos argumentado que la separación se produjo sin una causa real y que, además, se han puesto obstáculos constantes a la reunificación, impidiendo que la madre pudiera demostrar su capacidad para hacerse cargo de su hijo.

Si el Tribunal Constitucional no nos da la razón, el siguiente paso, en teoría, podría ser recurrir a instancias internacionales, como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, ya que consideramos que se han vulnerado principios esenciales reconocidos en el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En cuanto a cuándo se pronunciará el Tribunal Constitucional, no hay certeza, ya que el tiempo medio para una resolución puede variar entre uno y tres años. Por ahora, lo que nos interesa es que la madre recupere a su hijo, y que se reconozcan los derechos fundamentales que le han sido vulnerados, tanto a ella como al menor.

E&J: ¿Os habéis planteado presentar acciones legales por daños y perjuicios en caso de que os den la razón?

Marta Boza: Desde luego que no. Lo que quiere la madre es recuperar a su hijo, lo demás es secundario. La situación ha sido ya una pesadilla constante, pero imagínate si se lo hubieran devuelto al mes siguiente. No habría sido fácil, claro, pero el desgaste y estrés que ha supuesto todo este proceso ha sido devastador para ella. Si hubieran regresado al niño en un mes, probablemente hubiera sido difícil, pero no con la magnitud del sufrimiento que ha sufrido ahora.

Es una mujer increíblemente tranquila, muy afable, mucho más que yo, de hecho. Yo soy quien más me altero en esta situación, pero ella no busca venganza. Lo único que desea es recuperar a su hijo. Su enfoque no es el daño que se le ha causado, sino la restitución de sus derechos y la unidad familiar. Ella no reclama un «daño reparable» porque no le interesa eso, sino la vuelta de su hijo. Lo demás sobra. Lo único importante es que el niño vuelva con su madre.

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