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Condenada por lo penal, lo civil y lo social por agredir a su empleada durante una discusión

La empresaria deberá indemnizar con 10.000 euros a la trabajadora, a la que «cogió por la chaqueta cuando trataba de irse»

(Imagen: E&J)

Sara Zarzoso

Redacción E&J




Tiempo de lectura: 4 min



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Condenada por lo penal, lo civil y lo social por agredir a su empleada durante una discusión

La empresaria deberá indemnizar con 10.000 euros a la trabajadora, a la que «cogió por la chaqueta cuando trataba de irse»

(Imagen: E&J)



El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), en un fallo emitido a principios de diciembre, ha marcado un precedente al dictar una sentencia que reconoce la posibilidad de que las condenas y las indemnizaciones en diferentes ámbitos judiciales puedan converger en casos que involucren conflictos laborales y agresiones en el entorno de trabajo. Esta sentencia es relevante en el sentido de que establece la compatibilidad entre las consecuencias legales de índole penal, civil y social en un mismo caso.

El caso en cuestión involucra a una empresaria de Gijón que ha sido condenada en los tres ámbitos mencionados por agredir a una empleada durante una discusión laboral. Aunque inicialmente la trabajadora obtuvo una condena penal —un mes de multa con una cuota diaria de seis euros— y una indemnización civil de 280 euros por las lesiones sufridas, la Sala de lo Social del TSJA ha determinado que también hubo una violación de los derechos fundamentales de la empleada, por lo que se ha ordenado el pago de 10.000 euros como compensación por el daño moral causado.



Así, esta decisión revoca una sentencia previa dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Gijón, que había desestimado la demanda argumentando que «ejercitada la acción civil en un procedimiento penal, no podrá reiterarse la petición indemnizatoria ante el orden jurisdiccional social», es decir, que como ya se había dictado un fallo civil en el caso, no procedía una segunda indemnización en el ámbito social. Sin embargo, la Sala de lo Social del TSJA ha considerado que existía una vulneración de los derechos fundamentales de la trabajadora, lo que justificaba una indemnización adicional.



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