Condenado un individuo a pagar los gastos de la comunidad aunque es su exmujer la que reside en la vivienda familiar
El Supremo ha recordado que este costo, así como el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, recae exclusivamente en el propietario
(Imagen: E&J)
Condenado un individuo a pagar los gastos de la comunidad aunque es su exmujer la que reside en la vivienda familiar
El Supremo ha recordado que este costo, así como el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, recae exclusivamente en el propietario
(Imagen: E&J)
La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dado la razón a una mujer que, tras divorciarse de su marido y quedarse viviendo en la casa familiar junto a sus hijas menores, se negó a asumir el pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) y los gastos de comunidad. La decisión establece que estos gastos son responsabilidad exclusiva del propietario del inmueble, salvo que en la sentencia de divorcio se disponga expresamente lo contrario.
El caso en cuestión (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), tiene su origen en la disolución de una sociedad de gananciales tras el divorcio de la pareja. Ambos cónyuges compartían una vivienda familiar situada en Madrid, la cual era un bien privativo del exmarido.
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