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Condenados el gerente y el comercial de una asesoría jurídica por falsificar el contrato de servicios con una clienta

El comercial plasmó tres firmas simuladas de la clienta “con conciencia y voluntad de alterar la realidad”

La magistrada-juez que ha dictado la sentencia afirma que “no es función del Juzgado corregir las faltas de respeto, de educación y de tolerancia”. (Imagen: E&J)

Rosalina Moreno

Redactora jefa




Tiempo de lectura: 3 min

Publicado




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Condenados el gerente y el comercial de una asesoría jurídica por falsificar el contrato de servicios con una clienta

El comercial plasmó tres firmas simuladas de la clienta “con conciencia y voluntad de alterar la realidad”

La magistrada-juez que ha dictado la sentencia afirma que “no es función del Juzgado corregir las faltas de respeto, de educación y de tolerancia”. (Imagen: E&J)



La Audiencia Provincial de Valladolid ha condenado a siete meses de prisión al gerente y al comercial de una asesoría contable y laboral por falsificar el contrato de servicios con una cliente. Han sido sentenciados por delitos de falsedad en documento mercantil, en concurso medial con un delito intentado de estafa procesal.

Además de la pena de cárcel, al gerente de la asesoría se le ha impuesto una multa de 1.680 euros y al comercial, de 1.260 euros.



Los hechos se remontan a abril de 2021, cuando la denunciante contactó con el comercial de esta asesoría para que le hiciera las declaraciones de impuestos de su actividad como autónoma. Acordaron verbalmente una relación laboral a cambio de abonar una cantidad mensual. Tras ello, el condenado pidió a su clienta el DNI y que solicitara a la Agencia Tributaria un certificado de firma digital para realizar los trámites con Hacienda. Durante ese mes surgieron problemas con la presentación de la declaración, por lo que la clienta optó por cambiar de gestor.



(Imagen: E&J)

De acuerdo a la Audiencia, se ha acreditado que el comercial confeccionó un contrato escrito estableciendo como fecha el 11 de abril de 2021, en el que figuraba su empresa como el suministrador de servicios de asesoría a esta mujer, en el que estableció el pago mensual de 38,72 euros. El contrato incluía una cláusula de penalización, desconocida para ella. Posteriormente, firmó el documento e insertó tres firmas digitales sin que la clienta le hubiera dado su consentimiento.



La asesoría cobró los recibos para el abono de las mensualidades, siendo devueltos por la denunciante, que pidió a su banco que rechazara esos cargos. A consecuencia de ello, la empresa presentó una demanda firmada por el gerente, quien «conocía la simulación de las firmas del contrato, que reclamaba de la mujer 944,4 euros por incumplimiento y que aportaba, como documento probatorio, el contrato con las firmas simuladas».

Firmas simuladas de la clienta, «con conciencia y voluntad de alterar la realidad»

La Audiencia de Valladolid destacan que el comercial, al confeccionar el contrato incluyendo las firmas simuladas de la clienta, lo hace «con conciencia y voluntad de alterar la realidad» para hacerlo valer en la reclamación de cantidades frente a su clienta y, eventualmente, ante los órganos judiciales. Considera al gerente responsable penalmente de este delito porque «se aprovecha de la acción».

«Dicho engaño es idóneo para producir ese error dada la relevancia que el documento falsificado tiene para la resolución del litigio de reclamación de cantidad, al ser el contrato que regula las obligaciones de las partes, por lo que esta actuación fraudulenta tiene entidad suficiente a los efectos de influir en la convicción del juzgador”, razona el tribunal.

Indica que “de lo anterior se colige que, además del dolo genérico con el que actúan» los condenados, «al tratarse de actos voluntarios y deliberados», estamos ante la concurrencia del ánimo de lucro, pues «con ello se persigue obtener una ventaja patrimonial antijurídica». Y concluyen que estamos ante un delito de estafa procesal en grado de tentativa.

La sentencia fue dictada el pasado 7 de octubre (247/2024) por los magistrados Miguel Donis Carracedo (presidente), Miguel Ángel de la Torre Aparicio (ponente) y María Lourdes del Sol Rodríguez. Todavía no es firme, contra la misma cabe recurso de apelación ante el TSJ de Castilla y León. La denunciante ha estado asistida por el abogado Antonio María Verdugo Manzano.

Fachada de la Audiencia Provincial de Valladolid. (Foto: El Diario de Valladolid)