Condenan a un hombre por «no haber obtenido nunca» el carnet de conducir, pero el Supremo le da la razón
El individuo había sido condenado a pagar alrededor de 2.000 euros de multa a la Administración
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(Imagen: E&J)
Condenan a un hombre por «no haber obtenido nunca» el carnet de conducir, pero el Supremo le da la razón
El individuo había sido condenado a pagar alrededor de 2.000 euros de multa a la Administración
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha absuelto a un individuo que, tras ser descubierto conduciendo sin permiso de conducir español «por no haberlo obtenido nunca», fue condenado a pagar alrededor de 2.000 euros de multa a la Administración. Aunque la sentencia del juzgado de primera instancia fue dictada de conformidad entre las partes, el Supremo ha determinado que en el primer juicio no se tuvo en cuenta una documentación clave, la cual demostraba que el procesado sí «estaba en posesión en la fecha de los hechos de un permiso de conducir».
Según consta en la sentencia (cuyo contenido puede consultarse pinchando en ‘descargar resolución’), el caso se remonta al 16 de diciembre de 2019, día en el señor fue interceptado por agentes de la Policía Nacional conduciendo un vehículo de motor sin el preceptivo permiso de conducir, el cuál —según los agentes de seguridad— no había obtenido nunca. Como consecuencia, el hombre fue condenado como autor de un delito de conducción sin permiso, previsto y penado en el artículo 348.2 del Código Penal (CP).
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