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Corredores humanitarios en Ucrania: ¿qué dice el Derecho Internacional?

El Consejo de Seguridad de la ONU puede ordenar la evacuación de civiles en zonas de guerra

Corredor humanitario en Ucrania. (Foto: RTVE)

ÁLVARO NAVARRO / Nueva York

Responsable de contenido internacional y corresponsal en EE.UU.




Tiempo de lectura: 3 min

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Corredores humanitarios en Ucrania: ¿qué dice el Derecho Internacional?

El Consejo de Seguridad de la ONU puede ordenar la evacuación de civiles en zonas de guerra

Corredor humanitario en Ucrania. (Foto: RTVE)



Varias ciudades ucranianas están siendo asediadas o bombardeadas por el ejército ruso. Este miércoles por la mañana se ha registrado un ataque aéreo dirigido hacia un hospital de maternidad en Mariupol, al sur del país, ciudad que lleva cercada desde hace más de una semana.



Muchos ciudadanos ucranianos tratan de huir de la guerra, aunque no siempre es posible debido a la peligrosidad del frente. Por ello, Ucrania ha solicitado a Rusia el establecimiento de corredores humanitarios, término utilizado por primera vez en la guerra de Kósovo, a principios de los años noventa, y frecuentemente empleado durante la cobertura de la guerra civil en Siria, en especial durante el asedio de la ciudad de Alepo, que fue atacada intensamente por bombarderos rusos.



En concreto, el gobierno de Volódimir Zelenski solicitó establecer el jueves pasado corredores humanitarios en el país, como consecuencia del asedio sometido a ciudades como Sumi, Irpin, Kherson o Mariupol.

Estos corredores tienen, por lo general, dos cometidos: evacuar a civiles fuera de la ciudad hasta una zona segura y enviar víveres y medicamentos para quienes parmanezcan en la ciudad. Para su consecución se requiere que se detengan los ataques por unas horas, o incluso días, y esto no siempre ocurre, como en el caso de Irpin o Mariupol.



Corredores humanitarios en el Derecho Internacional

En todas las guerras desde el siglo pasado se ha permitido, o al menos propuesto, la evacuación de civiles en las ciudades o poblaciones atacadas. Son muchos los tratados y convenciones que velan por la protección de las personas durante los conflictos y destacamos dos en concreto:

  • El Artículo 70.1 del Protocolo I Adicional a los Convenios de Ginebra de 1977 establece “socorrer con carácter humanitario e imparcial” a la población civil de cualquier territorio bajo el control de una parte en el conflicto. Además, se añade que dicho socorro “no se considerará como una injerencia en el conflicto armado ni como acto inamistoso” y prioriza la salvaguarda de niños, mujeres embarajadas y madres lactantes.
  • Por medio del artículo 23 de la Cuarta Convención de Ginebra, en 1949, las partes beligerantes permitirán “el libre paso de todos los envíos de material médico y hospitalario (…) destinados únicamente a ala población civil”. A su vez, se permite el envío de “productos alimenticios esenciales, ropa” y algunos destinados para niños y mujeres embarazadas. Las partes involucradas en la guerra tienen que cerciorarse que estos envíos no puedan ser desviados de su destino, que la seguridad de la población sea efectiva y que ninguna de estas partes se sirva de esta acción para obtener una ventaja militar.

Para fijar un corredor humanitario en una localidad en guerra, basándose en el mencionado artículo 70, se necesita de un previo “requisito de consentimiento” de las partes, pero este no puede ser denegado arbitrariamente.

Dicho requisito carecerá de efecto en caso de que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas ordene la autorización de corredores humanitarios. De este modo se procedió en Siria cuando el Consejo aprobó en 2014 a través de la Resolución 2165 el establecimiento de corredores fronterizos humanitarios entre este país e Iraq, Jordania y Turquía.

Ciudadanos sirios en Alepo. (Foto: The Syrian Observer)

¿Son suficientes?

Los corredores humanitarios suelen ir de la mano de “altos al fuego”, acordados previamente por las partes beligerantes. Aunque en muchas ocasiones se han roto las treguas durante la puesta en marcha de estos corredores, agravando la situación en vez de solventarla.

Stephen Cornish, director general de la ONG Médicos Sin Fronteras, afirma que “los corredores humanitarios puntuales pueden ser útiles, pero no son suficientes” y que cuando se animaba a los civiles a abandonar las localidades por medio de estos, “los que no podían o no querían huir se encontraban con una violencia extraordinaria e indiscriminada”.

En las últimas semanas las delegaciones ucranianas y rusas se han reunido en tres ocasiones. El gobierno de Zelenski ha reclamado el cese de los ataques rusos y treguas, y ha solicitado establecer corredores humanitarios. Por su parte, los representantes de Vladimir Putin han exigido que Ucrania se comprometa a no adherirse a la OTAN ni a la Unión Europea, peticiones que no se van a cumplir.

La guerra continúa y desde las instituciones comunitarias prevén que más de cinco millones de ucranianos huyan de su país para ponerse a salvo, mientras el ejército ruso no detiene sus operaciones militares.

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