Cuestiones jurídicas relativas al tipo de capitalización a aplicar en los expedientes expropiatorios
El TS aún no se ha pronunciado sobre el tipo de capitalización que debe aplicarse en las valoraciones de suelo rural en los expedientes expropiatorios
(Foto: Economist & Jurist)
Cuestiones jurídicas relativas al tipo de capitalización a aplicar en los expedientes expropiatorios
El TS aún no se ha pronunciado sobre el tipo de capitalización que debe aplicarse en las valoraciones de suelo rural en los expedientes expropiatorios
(Foto: Economist & Jurist)
En los últimos 20 años han existido multitud de modificaciones referidas a la legislación sobre el suelo. La Ley 8/2007, de 28 de mayo, de suelo derogó los criterios y métodos de valoración del suelo a efectos expropiatorios contenidos en la anterior Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones.
A los efectos de este artículo, conviene reseñar dos cambios normativos importantes. Uno es que el criterio para la valoración del suelo dejó de atender a la clasificación urbanística, para hacerlo en virtud de la situación básica del mismo. Es decir, en lugar de proceder distintos métodos de valoración en función de si el terreno era no urbanizable, urbanizable o urbano, el suelo pasó a valorarse según su situación real: rural o urbano.
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